Congresista Francis Paredes Castro presenta iniciativa legislativa

Plantea modificar los artículos 62, 65 y 66 de la Constitución sobre recursos naturales

Centro de Noticias del Congreso

13 Ago 2021 | 15:26 h

La parlamentaria Francis Paredes Castro, de la bancada de Perú Libre, presentó un proyecto de ley que propone modificar los artículos 62, 65 y 66 de la Constitución Política del Perú, con la finalidad de recuperar los recursos naturales explotados y sus derivados producidos en el país o región, para destinarlos a la atención prioritaria de la demanda nacional y regional de servicios públicos.

Respecto al artículo 62, sobre libertad de contratar, indica que la libertad de contratar garantiza que las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del contrato.

Los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase, siempre que no afecten el abastecimiento de productos y servicios necesarios para la atención de la demanda nacional y a la balanza comercial, y que sean declarados previamente en emergencia por el Congreso a propuesta del presidente de la República.

De igual manera, los conflictos derivados de la relación contractual solo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previstos en el contrato o contemplados en la ley.

Sobre el artículo 65, sobre protección al consumidor, se plantea que el Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios.

Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo, vela, en particular, por la salud y la seguridad de la población.

Señala también que, de darse el estado de excepción, considerado en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú, o desabastecimientos en la atención del mercado nacional, el Estado peruano puede intervenir para regular el abastecimiento y los precios de los bienes y servicios producidos por las empresas públicas y privadas para garantizar el bienestar de la población.

En el artículo 66 de Recursos Naturales, el proyecto de ley propone que los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonios de la Nación y el Estado es soberano en su aprovechamiento.

Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares, garantizando a precio regulado el abastecimiento de productos y servicios al mercado nacional y regional en donde se explotan dichos recursos. La concesión otorga a su titular en derecho real, sujeto a dicha norma legal.

 

LIMA, 13 DE AGOSTO DE 2021

PRENSA-CONGRESO

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