Informan sobre inversiones en transmisión eléctrica y formalización minera

Centro de Noticias del Congreso

02 Jun 2021 | 18:25 h

Diversos aspectos vinculados a los temas de inversiones eléctricas y sobre los procesos de formalización minera en el país fueron abordados el martes 2 en la Comisión de Energía y Minas, que preside la legisladora Yessica Apaza Quispe (UPP).

Durante la reunión de trabajo, se presentaron funcionarios del Ministerio de Energía y Minas (Minem), quienes expusieron las razones de la promulgación del Decreto de Urgencia N.° 048, donde se autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas el desarrollo del programa Plan de Inversiones de Transmisión-Programa PIT de las empresas de distribución eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe).

Manuel Suárez Mendoza, director general de Electrificación Rural del Minem, refirió que el decreto de urgencia tiene por objeto viabilizar los proyectos del Programa PIT, correspondientes a las Empresas de Distribución Eléctrica que se encuentran bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), que se consignan en el anexo de la norma.

Asimismo, se autoriza al Minem, por excepción, la formulación, evaluación y declaratoria de viabilidad del Programa PIT, que está conformado por los proyectos de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fonafe.

“La competencia autorizada del Minem aplica exclusivamente a los proyectos que conforman el Programa PIT, así como a la gestión y administración de su financiamiento, conforme a la normatividad aplicable”, manifestó el funcionario Manuel Suarez.

También, señaló que el Minem, en el marco de la autorización, realiza las acciones que correspondan en el marco de la normatividad de la Administración Financiera del Sector Público, según sea el caso, y queda autorizado a gestionar ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento externo para el financiamiento parcial de los proyectos del Programa PIT.

SUSPENSIÓN Y FORMALIZACIÓN MINERA

Seguidamente, se presentó Jorge Montero Cornejo, viceministro de Minas quien informó las razones de la suspensión del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), que a la fecha viene ejecutando su sector, dispuesto por el Decreto Supremo N.° 009-2021-EM, por la falta de presentación del Instrumento de Gestión Ambiental y Fiscalización para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (Igafom) en su aspecto correctivo, así como de aquellas suspensiones mal ejecutadas que sí habrían cumplido con dicho requisito.

Se dio a conocer que, en dicho decreto, se aprobaron nuevas disposiciones referentes al proceso de formalización de las actividades mineras para aquellas personas inscritas en el Reinfo que no hayan cumplido con los requisitos y condiciones de permanencia previstos en el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 032-2020-EM.

En el proceso de formalización se había establecido el 30 de abril de 2021 como fecha límite para que los mineros en proceso de formalización cumplan con ciertas obligaciones para permanecer con el registro vigente en el Reinfo, tales como presentar el aspecto correctivo del Igafom correspondiente (el aspecto preventivo se incluye si la actividad se desarrolla en zona de amortiguamiento), y obtener el número de RUC en situación de activo.

De igual forma, deben de obtener la inscripción en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados en el caso de realizar actividades de beneficio, declarar la producción semestral de las actividades mineras inscritas en el Reinfo, cuando corresponda, entre otros aspectos. De no cumplir con las disposiciones señaladas en el Decreto Supremo N.° 009-2021-EM se procedería a la pérdida de vigencia del registro y la inmediata suspensión de la actividad minera hasta que el titular cumpla con realizar todas las obligaciones incumplidas.

“En este nuevo escenario estamos ofreciendo nuevas alternativas de acreditación para los mineros informales. Esta norma reconoce el esfuerzo del minero responsable con el ambiente y las normas establecidas para este caso, también queremos reducir la sanción, no los vamos a excluir, solo se les suspenderá temporalmente hasta que cumplan con acreditar sus documentos y requisitos requeridos”, manifestó el viceministro del Minen, Montero Cornejo.

Señaló que hasta el momento habría más de 22 mil inscripciones para su formalización, así como la entrega de miles de instrumentos ambientales para organizar administrativamente dicho sector. “La suspensión temporal es justamente para se cumpla con este caso, a la fecha habría más de 8 mil solicitudes y de adecuación para los mineros en vías de formalización”, concluyó el funcionario del Minem.

En la última parte de la reunión de trabajo, el congresista Alexander Lozano Inostroza (UPP), sustentó una iniciativa de ley de su autoría a través del Proyecto de Ley N.° 7660/2020-CR, que propone crear condiciones para desarrollar sosteniblemente la minería aluvial en la región Madre de Dios como principal actividad económica alternativa ante el impacto de la COVID-19.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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