Congreso aprueba por insistencia dictamen para restaurar escenarios históricos de Túpac Amaru II en Cusco

Centro de Noticias del Congreso

07 May 2026 | 21:32 h

El Pleno del Congreso aprobó, por insistencia y con 100 votos a favor, cero en contra y una abstención, el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 995/2021, que plantea declarar de interés nacional la restauración, puesta en valor vivencial y promoción turística de los escenarios históricos y de los bienes materiales, muebles e inmuebles, del distrito de Langui, provincia de Canas, departamento de Cusco, relacionados a la gesta emancipadora del prócer José Gabriel Condorcanqui Noguera, Túpac Amaru II.

De acuerdo con la propuesta, entre dichos lugares y bienes se encuentran el templo colonial, el puente colonial y el cerro Yana Orqo, y forman parte del circuito histórico-cultural Cuna de la Independencia Americana, creado por la Ley 30726.

Dicha norma reconoce a las provincias de Canas, Canchis, Acomayo, Chumbivilcas y Espinar, del departamento de Cusco, como provincias del prócer Túpac Amaru Il y declara de interés nacional la puesta en valor vivencial de los escenarios históricos y los bienes materiales conformantes del circuito histórico-cultural Cuna de la Independencia Americana.

La congresista Susel Paredes, presidenta de la Comisión de Cultura, sustentó la iniciativa y recordó que la autógrafa fue observada por el Poder Ejecutivo el 13 de julio del 2022 y retornó al grupo de trabajo que dirige y tras la evaluación correspondiente, este aprobó el dictamen de insistencia el 4 de enero del 2023.

“Esta es una decisión de fondo, proteger el patrimonio e identidad y a la vez abrir oportunidades de turismo cultural para la población local”, indicó.

Paredes Piqué explicó que el Poder Ejecutivo observó la autógrafa por dos razones: Supuesta invasión de competencias y separación de poderes y presunta vulneración de normas presupuestales.

“Frente a la primera observación, la Comisión insiste en que el texto no invade competencias. reconoce expresamente que la declaratoria patrimonial corresponde al Ministerio de Cultura mediante estudios conforme a sus funciones. En cuanto a la segunda observación, la comisión precisa que la norma es de carácter declarativo, no impone gasto automático ni crea obligaciones presupuestales directas”, refirió.

“La norma no genera gasto, porque es declarativa. Pero, fortalece el patrimonio, la identidad, el turismo cultural, generando ingresos al distrito de Langui, integrándolo al circuito histórico cultural”, concluyó la legisladora.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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