Por mayoría, se archivó caso de Rosio Torres

Subcomisión aprobó un informe final y realizó audiencia de tres denuncias constitucionales

Centro de Noticias del Congreso

07 Feb 2025 | 15:14 h

Por mayoría, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, que preside María Acuña (APP), aprobó el informe final que dispone el archivo de las denuncias constitucionales 361, 370 y 456, presentadas contra la congresista Rosio Torres Salinas por la presunta comisión del delito de concusión, tipificado en el artículo 382 del Código Penal.

La decisión se sustentó en la insuficiencia de pruebas materiales y la falta de corroboración de los testimonios presentados. Obtuvo el voto favorable de 15 parlamentarios, 1 en contra y 2 abstenciones.

El congresista Segundo Quiroz Barboza (BMCN), a cargo de la sustentación del informe, explicó que la acusación contra la parlamentaria carece de pruebas documentales o testimoniales que acrediten de manera concluyente la participación directa de la congresista en dichos actos.

«La Fiscalía de la Nación fundamentó su acusación en el testimonio de un colaborador eficaz, cuyo relato no cuenta con respaldo documental o verificación independiente», señaló Quiroz Barboza.

Además, agregó que «la testigo Miriam Martha Tito Álvarez declaró de manera clara que nunca recibió solicitud alguna de la congresista para entregar dinero y que las peticiones económicas fueron realizadas por otras personas sin la participación de Torres Salinas».

El informe también resalta que los estados de cuenta presentados por la Fiscalía solo evidencian retiros de dinero, sin demostrar que estos fondos fueran destinados a la congresista o que existiera una orden directa de su parte para solicitarlos.

«La vinculación de estos movimientos financieros con una presunta orden de la parlamentaria es una inferencia especulativa sin sustento probatorio sólido», agregó.

En aplicación del principio de presunción de inocencia y el debido proceso, se concluyó que la carga probatoria recae en la Fiscalía, que «no logró demostrar con certeza la responsabilidad de la congresista en los hechos denunciados».

En ese sentido, el informe final determinó que las imputaciones carecían de pruebas fehacientes y verificables, lo que impedía continuar con el proceso.

En virtud del artículo 89 del Reglamento del Congreso de la República se dispuso el archivamiento de las denuncias constitucionales 361, 370 y 456.

AUDIENCIA DE DENUNCIAS CONSTITUCIONALES

En otro momento, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales continuó con las audiencias de las denuncias constitucionales en trámite.

En primer lugar, se abordó la Denuncia Constitucional 108 (antes 461), presentada por el excongresista César Gonzales Tuanama contra el exministro de Salud, Óscar Ugarte Ubilluz, por la presunta infracción a los artículos 9 y 38 de la Constitución.

Asimismo, se revisó la Denuncia Constitucional 442, interpuesta por el fiscal de la Nación (i), Juan Carlos Villena Campana, contra Jorge Luis Prado Palomino, en su calidad de exministro de la Producción, por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de negociación incompatible.

Por último, se llevó a cabo la audiencia de la Denuncia Constitucional 470, también presentada por Juan Carlos Villena Campana en su condición de fiscal de la Nación (i), contra Carlos Morán Soto, en su actuación como ministro del Interior, por la presunta comisión del delito de falsedad ideológica, tipificado en el artículo 428 del Código Penal.

Cabe señalar que la audiencia de la Denuncia Constitucional 445 fue reprogramada para la próxima sesión a solicitud de la acusada Marita Herrera Arévalo, quien presentó una justificación por motivos de salud.

INFORMES DE CALIFICACIÓN

Luego, los miembros del grupo de trabajo aprobaron el informe de calificación que declara procedente la Denuncia Constitucional 402, interpuesta por el Consejo de Desarrollo y Lucha contra la Corrupción Puno, contra Jorge Luis Flores Ancachi, en su condición de congresista, por la presunta infracción a los artículos 1, 24, 24 y 38 de la Constitución.

De igual manera la DC 498, interpuesta por el señor Juan Carlos Villena Campana en su condición como Fiscal de la Nación (i), contra José Pedro Castillo Terrones y Eduardo Eugenio González Toro; en sus actuaciones como presidente de la república y ministro de Energía y Minas; respectivamente, por la presunta comisión de los delitos negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo y nombramiento ilegal; tipificados en los artículos 399 y 381 del Código Penal.

DELEGACIÓN

Finalmente, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó delegar a la legisladora Martha Moyano (FP) la Denuncia Constitucional 468, que fue formulada por Juan Carlos Villena Campana, exfiscal de la Nación (i), en contra de Betssy Betzabeth Chávez Chino, en su actuación como congresista y ministra de Estado por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito agravado; tipificado en el artículo 401 del Código Penal.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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