Comisión de la Mujer aprueba dictamen con once votos a favor

Proponen medidas eficaces para garantizar la protección de víctimas de violencia familiar

Centro de Noticias del Congreso

31 Ago 2020 | 12:26 h

Por unanimidad, la Comisión de la Mujer y Familia aprobó, este lunes 31, el texto sustitutorio que propone modificar la Ley 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, estableciendo medidas especiales para garantizar atención y protección efectiva.

Previamente en la sesión virtual, la congresista Arlette Contreras Bautista (NoA) sustentó el PL 4941/2020-CR de su autoría, materia del dictamen sancionado.

Lo que buscamos resolver es el acceso a la justicia de las víctimas de la violencia con la implementación de medidas de protección eficaces que garanticen la vida e integridad de las mujeres”, dijo.

La parlamentaria dijo que el objeto de la propuesta es garantizar el derecho de las mujeres y de las integrantes del grupo familiar a una vida libre de violencia, mediante la implementación de medidas de protección efectivas, con especial atención a las que se dan durante las declaratorias del estado de emergencia.

Subrayó que, en periodos excepcionales, como estados de emergencia, la recepción de las denuncias debe de ser obligatoria y podrá prescindirse de la ficha de valoración de riesgo para la emisión de medidas de protección y/o cautelares. Porque esto genera imposibilidad para tener protección, afirmó.

Además, se plantea que el juez pueda hacer uso de recursos tecnológicos que permitan la comunicación con la víctima, dejando constancia de lo actuado; asimismo se puede prescindir de la audiencia, mediante decisión debidamente motivada e independientemente del nivel de riesgo. “Se está flexibilizando el trámite burocrático en las medidas de protección”, remarcó.

El dictamen precisa que, durante la declaratoria de estados de emergencia, el Poder Judicial, a través de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, dispondrá la habilitación de los recursos tecnológicos necesarios para el dictado de las medidas de protección y/o cautelares, y desarrollará los procedimientos virtuales e interoperables para su uso adecuado.

Asimismo, prevé que cuando la aplicación de estos no sea posible, en coordinación con la Policía Nacional del Perú, se dispondrá el traslado de jueces a las comisarías para el inmediato dictado de estas medidas. Bajo este supuesto, la atención de casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, desde que se produce la denuncia hasta que se dictan las medidas de protección, no puede exceder el plazo de 24 horas.

Así también la Policía Nacional del Perú, en periodos excepcionales, podrá disponer de casillas electrónicas para facilitar la notificación de las medidas de protección y otras resoluciones orientadas a garantizar la integridad de las víctimas de violencia.

Muy puntualmente, el dictamen señala que se debe priorizar medidas de protección que eviten el contacto entre la víctima y la persona denunciada como agresora, así como el patrullaje constante en el domicilio de la víctima, disponiendo el apercibimiento expreso de ser denunciado el agresor por delito de desobediencia a la autoridad. Las municipalidades brindan apoyo a la Policía Nacional del Perú, mediante el serenazgo, cuando esta lo requiera.

Tras saludar la iniciativa planteada por la congresista Contreras Bautista, la legisladora Mónica Saavedra Ocharán (AP) dijo que complementariamente ha presentado un proyecto de ley para que la Policía Nacional, la Fiscalía y el Poder Judicial informen de manera periódica sobre el estado de las denuncias de violencia hacia la mujer y al grupo familiar.

En la semana de representación, hemos podido constatar el maltrato hacia la mujer, en las comisarías no se les atiene, como si existiera un manto más de protección hacia el agresor. Lo mínimo que debemos hacer es la salida inmediata del agresor del hogar familiar”, dijo la congresista Julia Ayquipa Torres (FREPAP).

En tanto que su colega Matilde Fernández Flores (SP) observó que la medida debe ser aplicada todo el tiempo y no solo en periodos de emergencia. “Cuanto más se demore en una convivencia tóxica de una pareja y se pone en riesgo a la familia, es necesaria la prontitud y la oportunidad en las acciones a tomar”, dijo.

Sobre la propuesta sancionada, la presidenta de la comisión adelantó que será considerara en la agenda de debate y votación en el próximo Pleno Mujer, oportunidad en la que también se incluirán otras iniciativas dictaminadas por dicha comisión dictaminadora.

NIÑOS SIN CUIDADOS PARENTALES

Momentos antes, con 10 votos a favor, la comisión aprobó el dictamen recaído en el Decreto de Urgencia 001-2020, que modifica el Decreto Legislativo 1297, decreto legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos.

Al sustentar la propuesta, la congresista Carolina Lizárraga dijo que tiene la finalidad de establecer las medidas que resulten necesarias para garantizar su protección, así como el apoyo a sus familias de origen, en la actuación estatal a través de los procedimientos por riesgo y desprotección familiar.

La norma agiliza los procedimientos para casos de urgencia, inminente desprotección familiar y vulneración de derechos, especialmente aquellos que impacten negativamente en el bienestar y desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, como su institucionalización, el ingreso indebido en los centros de acogida residencial de adolescentes infractores o los déficits de atención especializada para las niños, niños y adolescentes con discapacidad”, agregó.

 

PRENSA-CONGRESO

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