PROPONEN DESPENALIZAR EL ACTO MÉDICO

Centro de Noticias del Congreso
11 Jun 2018 | 12:18 h
Es de justicia alcanzar la despenalización del acto médico. Los profesionales de la salud no ejercen su labor para hacer daño, enfatizó el congresista César Vásquez Sánchez (APP), durante la mesa de trabajo «Despenalización del acto médico».
El legislador reconoció que es un tema controversial, pero consideró necesaria una modificación en el código penal para resguardar la labor médica. «Es un tema que nos preocupa. Por eso trabajamos en un marco legal que de confianza al profesional de la salud y no lo asuste».
En la mesa de trabajo donde participaron representantes del Sindicato nacional médico del Seguro Social del Perú— Sinamssop, se informó sobre el proyecto de ley del parlamentario de Alianza para el progreso que modifica el numeral 10 del artículo 20 del código penal. El objetivo de esta iniciativa es excluir de responsabilidad penal al médico en su actividad profesional.
Durante la cita, el secretario del Sinamssop, César Portella Díaz, señaló que existen casos donde el acto médico ha tenido consecuencias fatales porque los insumos o materiales no fueron suficientes para salvar la vida de los pacientes. Como consecuencia, los profesionales de la salud terminan siendo demandados y juzgados por los familiares y los medios de comunicación. «Los médicos son formados para salvar vidas, no para quitar vidas».
Por su parte, Rolando Elguera Morales, representante legal del Sinamssop manifestó que el acto médico es una actividad de alto riesgo. Indicó que a veces “un error médico es considerado como una acción voluntaria para causar daño. Esto hace susceptible a los profesionales de la salud a verse inmersos en denuncias penales”, acotó.
Agregó que si el médico ha incurrido en una mala praxis, debería sólo poder ser demandado en el fuero civil. Explicó que el acto médico reúne los elementos, presupuesto y requisitos para ser considerado un acto jurídico, por lo que sus efectos y consecuencias son necesariamente de naturaliza civil y no penal como erróneamente se considera hasta la fecha.
Cabe precisar que, no obstante el interés de procurar un bien mayor, el profesional de la salud se encuentra ante la imposibilidad de garantizar un resultado.
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PRENSA-CONGRESO 11-6-18
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