PARTIDOS QUE NO PARTICIPEN EN ELECCIONES PERDERÁN INSCRIPCIÓN

Centro de Noticias del Congreso
21 Jun 2019 | 11:38 h
Los partidos políticos que no participen en elecciones de alcance nacional o retiren todas sus listas de candidatos del proceso electoral correspondiente, perderán su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), según aprobó la Comisión de Constitución por seis votos a favor, cero en contra y tres abstenciones.
En otro artículo que aprobó, bajó la valla para la cancelación de la inscripción partidaria de seis a cinco por ciento, si al concluirse el último proceso de elección general no se hubiera alcanzado al menos cinco representantes al Congreso, en más de una circunscripción electoral, y al menos 5% de los votos válidos a nivel nacional en la elección al Congreso.
Asimismo, será cancelada la inscripción de un partido político cuando no participe en elecciones regionales en por lo menos tres quintos de las regiones, y en las elecciones municipales en por lo menos la mitad de las provincias y un tercio de los distritos a nivel nacional.
La sesión del viernes 21 (continuación de la reunión realizada el día anterior) fue conducida por su titular, Rosa María Bartra. Allí aprobó también, por ocho votos a favor uno en contra y una abstención, la suspensión de inscripción de organizaciones políticas si tiene un número de comités por debajo del mínimo establecido.
Asimismo, consideró como requisito para mantener la inscripción, que la organización política mantenga el número mínimo de afiliados exigidos para su inscripción seis meses antes de la fecha límite para efectuar la convocatoria a cada proceso electoral.
También se consideró como causal de suspensión de inscripción si se incumple con remitir el listado de comités partidarios y la relación actualizada de sus integrantes, conforme a lo establecido en la norma.
De verificarse alguno de estos casos, el ROP le otorgará -según se aprobó- un plazo improrrogable de hasta 60 días hábiles, bajo apercibimiento de suspensión de su inscripción. No será aplicable el procedimiento durante el proceso electoral.
AFILIACIÓN INDEBIDA
Otro aspecto desarrollado por el grupo de trabajo parlamentario fue sobre la afiliación indebida, en el sentido que el ciudadano que alega haber sido afiliado a una organización política de esa manera, podrá solicitar se registre su exclusión de la misma.
Para ello deberá presentar su solicitud ante el ROP, adjuntando copia simple de su DNI vigente. Será esta entidad la que se encargue de comunicarlo a la organización política; de no recibir observaciones en un plazo de tres días hábiles registrará su exclusión. Fue aprobada en forma unánime (10 votos).
Durante el debate, la congresista Karina Beteta (FP) consideró que debía encontrarse formas para facilitar al ciudadano el afiliarse o desafiliarse. En ese tema también coincidió la legisladora Ana María Choquehuanca (PPK).
Por su lado, el congresista Javier Velásquez Quesquén (CPA) sostuvo que se debería garantizar la voluntad del ciudadano de inscribirse o de renunciar a un partido político. Planteó crear mecanismos para quien renuncie a un partido, con el cargo en la mano, automáticamente debería quedar libre para realizar sus actividades políticas que requerirse. Asimismo, consideró no dar atribuciones, en ese sentido a la Reniec o a la ONPE.
Bartra Barriga aclaró que los organismos electorales sólo cumplen el papel de trasladar la decisión del afiliado dentro del proceso correspondiente.
Las propuestas de cambio en el reglamento electoral, la actualización del padrón de afiliados y la renuncia a la a filiación partidaria fueron materia del debate parlamentario tras la aprobación, ayer, de los artículos 5,7 y 8 de la Ley de Organizaciones Políticas.
El texto debatido formó parte del proyecto de ley 4188, del Poder Ejecutivo, y las iniciativas 482, 1475, 1879, 2213 y 4188, propuestas por las bancadas del Apra, Frente Amplio y Alianza Para el Progreso.
El congresista Javier Velásquez Quesquén (APRA) consideró al inicio de la revisión, que se debe garantizar la voluntad del ciudadano de inscribirse o de renunciar. Consideró que el proceso de la renuncia debe ser más inmediato.
La congresista Lourdes Alcorta, por su parte, refirió su experiencia en los partidos y señaló que la renuncia se hace ante la organización partidaria y después ante el Jurado Nacional de Elecciones. En su caso -dijo- no le aceptaron la suya y tuvo que hacer denuncia policial con testigos y pagar 30 mil soles.
La sesión fue levantada luego de estos cambios aprobados en la Ley de Organizaciones Políticas, para continuarla la próxima semana en día aún no acordado.
PRENSA CONGRESO