En Subcomisión de Acusaciones Constitucionales
Otorgan plazo de 5 días para presentación de informe final de denuncia constitucional contra Martín Vizcarra

Centro de Noticias del Congreso
12 Sep 2025 | 15:27 h

La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones Soriano (APP), otorgó un plazo de cinco días hábiles para que el delegado, legislador Jorge Montoya Manrique (HyD), entregue el informe final de la Denuncia Constitucional N.° 499, presentada contra el expresidente Martín Vizcarra Cornejo.
Ello en cumplimiento del articulo 89 del Reglamento del Congreso referido al procedimiento de acusación constitucional, y luego de que culminara hoy la audiencia de la referida denuncia interpuesta por el exfiscal de la nación (i), Juan Carlos Villena Campana, contra Vizcarra Cornejo por la posible comisión de los delitos de falsedad genérica y de omisión de consignar declaraciones de hechos importantes.
El exmandatario asistió a la sesión acompañado de sus dos abogados Alejandro Salas Zegarra y Mariana Justo Linares. Por la parte acusadora, se presentó el fiscal adjunto supremo Hernán Wilfredo Mendoza Salvador, en nombre del Ministerio Público.
Vizcarra Cornejo se reafirmó en que su constructora CyM Vizcarra no trabajó con la empresa brasileña Odebrecht, sino con Conirsa, con personería y razón social propia. Asimismo, indicó que durante los cargos públicos que asumió se fue apartando de su empresa hasta renunciar a su accionariado.
En tanto, el fiscal Mendoza Salvador consideró que el expresidente incurrió en los delitos de omisión y falta de transparencia, porque Conirsa trabajó con Interoceánica, que sí formaba parte de Odebrecht. Además, que omitió cargos directivos en CyM Vizcarra hasta el 4 de junio del 2018 y otras informaciones relevantes.
Previamente, la presidenta de la subcomisión rechazó la solicitud de renunciar a la prerrogativa del antejuicio político presentada por el expresidente Vizcarra Cornejo “para evitar tiempo y esfuerzo” y porque es en el Ministerio Público donde deberá verse su caso.
Camones Soriano sostuvo que de una lectura del nuevo Código Procesal Penal y del artículo 89 del Reglamento del Congreso el único órgano que puede expedir la resolución legislativa que ordene el levantamiento del antejuicio político es el Pleno del Congreso.
“Por lo que se debe continuar con el procedimiento parlamentario, caso contrario el Ministerio Público carecería de un elemento de procedencia para continuar con el procesamiento penal. Sumado a ello, no existe la figura jurídica de renuncia al antejuicio. Agradecemos la consideración que tiene con el Congreso de ahorrarnos el trabajo, pero estamos justamente para trabajar”, expresó Camones.
INFORMES DE CALIFICACIÓN
En otro momento, la subcomisión aprobó, en forma unánime, con diez votos a favor, el informe de calificación que declara procedente la DC 563, formulada por la congresista Kira Alcarraz Agüero (PP), contra la fiscal de la nación, Delia Espinoza Valenzuela, por la presunta infracción a la Constitución y la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad y prevaricato.
A esta denuncia se sumó la del congresista José Ernesto Cueto Aservi (HYD) contra la funcionaria por la presunta infracción a la Carta Magna.
De otro lado, se aprobó el informe que declara improcedente la DC formulada por la congresista Susel Paredes Piqué (BDP), contra la congresista Milagros Jáuregui Martínez de Aguayo (RP), por la presunta infracción a la Constitución y la posible comisión del delito de discriminación. El informe señala que la denunciada congresista hizo uso de su derecho de opinión y libre expresión con respecto a parejas del mismo sexo.
La misma suerte corrió, con su declaratoria de improcedencia en todos sus extremos, la DC 573, formulada por el ciudadano Jorge Castañeda Espinoza, contra el exfiscal de la nación (i) Juan Carlos Villena Campana y el fiscal supremo Franklin Jaime Tomy López, por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad y prevaricato.
DELEGACIONES
Durante la sesión fueron aprobadas, a propuesta de la presidenta, la delegación de denuncias constitucionales a miembros de la Subcomisión para la elaboración de las propuestas de los respectivos informes de calificación.
A la congresista Patricia Juárez Gallegos (FP) se le delegó la D.C. 302, formulada por el congresista Juan Burgos Oliveros (PP), contra el expresidente de la república, Pedro Castillo Terrones, y al exministro de Educación, Rosendo Leoncio Serna Román, por la presunta infracción a la Constitución Política.
La DC 327, formulada por el ciudadano Martín Severo Parra Saldaña, contra el expresidente de la República José Pedro Castillo Terrones, y el exministro del Interior Alfonso Chávarry Estrada, por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad y falsedad genérica, fue delegada al congresista Elvis Vergara Mendoza (AP).
A la congresista Ana Zegarra Saboya (SP) se le delegó las DC 362 y 464, formuladas por el ciudadano José Luis Briones Trujillo y el exfiscal de la Nación (i) Juan Carlos Villena Campana, contra la congresista Jhakeline Katy Ugarte Mamani (JPP-VP-BM) Mamani, por la presunta comisión del delito de concusión.
También a la referida parlamentaria se le delegó las DC 460, 462 y 463 formulada por los congresistas Elías Varas Meléndez (JPP-VP-BM), Juan Burgos Olivera (PP) y Jaime Quito Sarmiento (BS) , contra el expresidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola Peñaranda, por la presunta infracción de la Constitución y la posible comisión de los delitos de colusión, peculado de uso, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo y tráfico de influencias y otros.
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