INCORPORARÍAN A TRABAJADORES DE EsSALUD AL 728

Centro de Noticias del Congreso

09 Nov 2016 | 7:46 h

 

 

Después de un amplio debate, quedó pendiente en la Comisión de Trabajo del Congreso la votación del texto sustitutorio que propone ampliar el plazo a tres años de antigüedad para que los doce mil empleados del Seguro Social del Perú (Essalud) –entre médicos, empleados administrativos y técnicos- que laboran bajo el régimen laboral de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) pasen a planilla regulado por el Decreto Legislativo 728.

El presidente de la Comisión, Hernando Cevallos Flores (FA) propuso una reconsideración a fin de consensuar y presentar un dictamen sustitutorio que considere dar solución a este sistema pernicioso en la seguridad social del país.

“A pesar que el tema ya estaba cerrado, votado y aprobado. El tema para que los trabajadores pasen progresivamente al D.L. 728 no es nuevo. Se debió hacer hace muchos años y hay una ley aprobada con ese fin. Pero no se hizo. Ahora cuando pretendemos cumplir con la norma salen a decir que no hay plata, que generará inestabilidad”, expresó.

Indicó que el pase al D.L. 728 de los 12 mil trabajadores representará entre 50 y 60 millones de soles al año lo que es inferior a lo que se gasta anualmente en contratos AFPs.
“Pregunto, ¿cuántas veces ha venido el ministro de Economía, Alfredo Thorne Vetter, a decir: ahora hay recursos y debemos cumplir con los derechos de los trabajadores? No obstante, debemos consensuar y si es necesario, como se ha dicho acá, ampliar a tres años el proceso de adecuación. Debemos garantizar que los trabajadores no serán despedidos y que se respetarán sus derechos”, enfatizó Cevallos.

Si es que se aprueba este cambio de régimen laboral, cada empleado de Essalud tendrá una jornada laboral máxima de ocho horas diarias o 48 horas semanales; descanso semanal de 24 horas consecutivas como mínimo; una remuneración no menor a la remuneración mínima legalmente establecida; tiempo de refrigerio, que no forma parte de la jornada laboral y pago de aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad de acuerdo a lo establecido para el sector.

Asimismo, vacaciones remuneradas de 30 días; licencia con goce de haber por maternidad, paternidad y otras licencias a que tienen derecho los trabajadores de los regímenes laborales generales.
La propuesta legislativa establece que Essalud deberá reconocer el tiempo de servicio de los trabajadores contratados bajo el régimen CAS al momento de cambiar la modalidad laboral.

El dictamen aprobado en la sesión del 25 de octubre establece, además, la prohibición de contratación bajo el régimen CAS, con excepción de las contrataciones que se encuentren vigentes al momento de aprobar esta ley. Además, el Seguro Social de Salud (Esalud) en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dictará en un plazo de 180 días las normas complementarias para la implementación de la presente ley.

“Contratar bajo la modalidad CAS para actividades de índole permanente no solo es contrario al ejercicio de derechos laborales fundamentales, sino que crea inestabilidad al interior del centro de labores, afectando el clima laboral e introduciendo elementos de conflictividad entre la dirección y el personal”, expresó el presidente de la comisión.

Por su parte, el parlamentario Segundo Tapia Bernal (FP), autor del proyecto, dijo que es un tema de justicia para los trabajadores por el sistema CAS. “Existen más de 12 mil trabajadores con este sistema laboral y lo único que buscamos con esta propuesta es mejorar la calidad del servicio y la mejor atención a los pacientes”, señaló.

PRENSA-CONGRESO (Jarvi)
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