En sesión plenaria del Congreso

Establecen autonomía constitucional de poderes Legislativo, Judicial y organismos constitucionales autónomos para designación de procuradores públicos

Centro de Noticias del Congreso

27 Abr 2023 | 23:47 h

El Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, la propuesta que plantea en su  único artículo, la modificación de los artículos 16, 24, 27, 31, 32 y de las disposiciones complementarias finales sexta y séptima, primer párrafo, del Decreto Legislativo 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado.

La votación fue de 61 votos a favor, catorce en contra y quince abstenciones.

Además, dirigir el proceso de selección para la designación de los procuradores públicos, con excepción de los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, quienes son elegidos por los titulares de dichas entidades por un plazo de cinco años.

Indica que las entidades públicas tienen, como órgano de defensa jurídica, una Procuraduría pública, conforme a su ley de creación, ubicada en el mayor nivel jerárquico de su estructura.

Esta se constituye en el órgano especializado responsable de llevar a cabo la defensa jurídica de los intereses del Estado y se encuentra vinculada administrativa y funcionalmente a la Procuraduría General del Estado, a excepción de las procuradurías públicas del Poder Legislativo y del Poder Judicial.

Así como de las de los organismos constitucionales autónomos, que mantienen autonomía administrativa y funcional para dirigir sus respectivos procesos de selección respecto de la Procuraduría General del Estado.

El procurador público mantiene vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Procuraduría General del Estado, salvo la excepción prevista por el artículo 24, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones. En el desempeño de sus funciones, actúan con autonomía e independencia en el ámbito de su competencia.

El Consejo Directivo convoca a un proceso de selección para ocupar las plazas de procuradores públicos de conformidad con el reglamento, con excepción de aquellas para las procuradurías públicas del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, quienes son elegidos por los titulares de cada entidad por un plazo de cinco años.

Los procuradores públicos son designados mediante resolución del procurador general del Estado. Las designaciones de los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, son comunicadas al procurador general del Estado.

En sus disposiciones complementarias finales, señala que se respeta el régimen laboral de los trabajadores de las procuradurías públicas, hasta la implementación del régimen laboral regulado por la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, y sus normas conexas, a excepción de los trabajadores de las procuradurías públicas del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, cuyo régimen laboral es aquel que corresponde a la entidad en la que ejerzan sus funciones.

El legislador Hernando Guerra-García Campos (FP) presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, señaló que a partir de la entrada en vigor de la presente ley, los procesos de selección convocados para la designación de los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, cualquiera sea su estado o etapa, se adecuarán a lo dispuesto en la presente ley.

«En el caso de que se hubiera producido la designación antes de la entrada en vigor de la presente ley, los procuradores públicos designados estarán sujetos a la evaluación y ratificación por parte de los titulares del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los mencionados organismos constitucionales autónomos, las cuales deberán llevarse a cabo en un plazo no mayor de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la presente ley», explicó.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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