Autoriza el financiamiento de Planes Urbanos
Decreto de Urgencia 033-2019 es legal

Centro de Noticias del Congreso
13 Feb 2020 | 17:08 h

El grupo de trabajo que evalúa el Decreto de Urgencia 033-2019 aprobó por mayoría el informe que concluye en la legalidad de la norma que autoriza el financiamiento de Planes Urbanos de Lima y Callao.
Fue durante una sesión que se dio lugar en la sala Grau del Palacio Legislativo, con la coordinación a cargo del congresista Luis Iberico Núñez, y la asistencia de los parlamentarios Gino Costa, Gladys Andrade y Héctor Becerril.
El Decreto de Urgencia 033 – 2019 autoriza el financiamiento de Planes Urbanos con cargo de recursos señalados en el Numeral 13.1 del Artículo 13 de la Ley Nº 30970 a favor del Fondo Mi Vivienda S.A., para depositar 12 millones de soles a cuenta del tesoro público transferidos, según resolución ministerial 373-2017-Vivienda, que rige desde el 1 de enero al 31 diciembre de 2020.
Con este beneficio de “Plan Urbano” se contribuirá al desarrollo de infraestructura, transporte, promoción a la inversión, mejorará el ordenamiento de los centros poblados, urbanos y rurales que permite mejorar la gestión del territorio y así reducir la vulnerabilidad ante desastres de Lima y Callao.
En su intervención, la legisladora Andrade Salguero recomendó incluir a la región Áncash, propuesta que tomará en cuenta la Mesa en la redacción del texto final.
El congresista Clemente Flores consideró que este Decreto de Urgencia ayudará a dar un clima de confianza a la inversión.
Por otro lado, el legislador Becerril sostuvo que no se resuelve todo con esta norma del Poder Ejecutivo, porque es necesario realizar un seguimiento junto con la Contraloría, que verificará el cumplimiento de lo dispuesto.
El informe también recomienda que el próximo Congreso realice un seguimiento del Decreto de Urgencia 033-2019 dada la urgencia de supervisar la ejecución.
Asimismo, se debe pedir información bimestral a las autoridades involucradas en el tratamiento de las obras.
También se encarga que este informe sea remitido a la Contraloría General de la República pues es conocida la situación de riesgo de Lima y Callao dada su ubicación geográfica en una zona altamente sísmica.
En conclusión este Decreto de Urgencia 033 es constitucional y cumple con lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Política del Perú.
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PRENSA-CONGRESO 12-02-20
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