BENEFICIO PÓSTUMO PARA BOMBEROS HÉROES Y FAMILIARES

Centro de Noticias del Congreso

30 Oct 2017 | 19:52 h

 

La Comisión de Defensa Nacional y Orden Interno, que preside el congresista Javier Velásquez Quesquén (CPA), aprobó, por unanimidad, el dictamen del proyecto de ley que otorga, por única vez, beneficios póstumos a los bomberos, fallecidos en actos de servicio, que a la fecha de entrada en vigencia la presente norma hayan sido declarados Héroes del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, que no hubieran percibido algún beneficio económico por parte del Estado.

La propuesta, que fue presentada por el Poder Ejecutivo, autoriza al Ministerio del Interior a otorgar el monto equivalente a 50 Unidades Impositivas Tributarias y una pensión a favor de los hijos menores de edad, mayores de edad con incapacidad permanente y mayores de edad que estén cursando estudios superiores de manera satisfactoria, cónyuge supérstite o integrante sobreviviente de la unión de hecho declarada conforme a ley; a falta de estos a los ascendientes de los bomberos que hayan sido declarados héroes.

El monto que se otorga se prorratea en partes iguales entre los beneficiarios y no tienen carácter hereditario.

El Poder Ejecutivo mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio del Interior, a propuesta de este último, establece el monto de la pensión, su temporalidad, características y demás condiciones para su otorgamiento.

Se autoriza al pliego del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, durante el año fiscal 2017, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a la fuente de financiamiento recursos ordinarios hasta por un monto de dos millones 300 mil soles, a fin de cubrir los beneficios autorizados.

En la sesión ordinaria que realizó ese grupo de trabajo en la sala Grau, la Comisión de Defensa Nacional sancionó, también por unanimidad, el dictamen del proyecto de ley que establece un nuevo plazo para hacer efectivo el reconocimiento al personal militar, policial y civil que participó en los conflictos armados con el Ecuador en 1978, 1981 y 1995.

La iniciativa se aplica a miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y civiles que se encuentran amparados en las leyes 26511, que reconoce como defensores de la patria y otorgan beneficios a los miembros de las FF.AA, PNP y civiles; 28796, a los que participaron en los incidentes armados fronterizos del subsector del Alto Cenepa de 1978, conflicto armado de la Cordillera del Cóndor; y la 29562, que otorga reconocimiento al mérito a excombatientes en los conflictos armados con el Ecuadro en 1978,1981 y 1995.

Otorga el plazo de cinco años al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, contados a partir de la fecha de la publicación de la norma, para continuar con la evaluación, calificación, formulación de actas y expedición de resoluciones de reconocimiento a los miembros de las Fuerzas Armadas, PNP y civiles que se encuentran amparados en las leyes citadas anteriormente.

Dejó pendiente de votación el dictamen recaído en cinco proyectos que propone la modificación de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, con la finalidad de fortalecer esa organización. Postergó el debate del dictamen que crea en cada instituto de Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú el Fondo de Vivienda Militar y Policial, a fin de modernizar la estructura del fondo.

El pleno de la comisión autorizó, por unanimidad, al presidente del grupo de trabajo, Javier Velásquez Quesquén, programar una sesión reservada, con el fin de saber sobre las investigaciones efectuadas y conclusiones a las que se ha arribado respecto de la venta de bases de datos de ciudadanos en la avenida Wilson.

En esta reunión participarán el Ministro del Interior, la titular de la Superintendencia de Banca y Seguros, la SUNAT, representantes de los operadores telefónicos, quienes deberán aclarar este problema delicado. (JON)

         

 

 

PRENSA CONGRESO  30-10-17

 

 

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