En Comisión de Descentralización

Aprueban dictamen que regula la Cuenta DNI

Centro de Noticias del Congreso

09 Sep 2020 | 21:42 h

La Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de Gestión del Estado, que preside el legislador Grimaldo Vásquez Tan (SP), aprobó, por unanimidad, el dictamen que propone la Ley que regula la cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta DNI).

Esta iniciativa tiene como objetivo establecer el marco regulatorio de la misma en atención a los objetivos prioritarios y lineamientos de la política nacional de inclusión financiera. Su alcance comprende a todas las personas nacidas en el país o naturalizada aquí, que posea el DNI y cuente con capacidad de ejercicio de sus derechos civiles de acuerdo a la Constitución y el Código Civil.

La Cuenta DNI es registrada en el Banco de la Nación, que se encargará de su administración. Se propone que sea utilizada para efectuar pagos, devoluciones o transferencias de cualquier beneficio, subsidio, prestación económica o aporte que el Estado otorgue o libere para el titular, así como para otras operaciones que fomenten el acceso y uso de servicios financieros por parte de la población.

La Cuenta DNI es de apertura automática y obligatoria, está vinculada al Documento Nacional de Identidad y opera en un entorno digital. Constituye una cuenta básica, conforme a las regulaciones vigentes.

La norma consigna que será el reglamento de la misma ley la que establezca los procedimientos operativos, términos o condiciones de la Cuenta-DNI, así como las características de su vinculación con el DNI, con arreglo a las normas dictadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

Validación de Identidad

Para la validación de la identidad del titular de la Cuenta-DNI, el Banco de la Nación utiliza la Plataforma Nacional de Autenticación de la Identidad Digital (ID-Perú) o los Servicios de Verificación de la Identidad de Datos y Biométricos (dactilar o facial) que brinda el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

Para la apertura de dicha Cuenta, el RENIEC remite al BN los datos personales del titular de la cuenta, necesarios para su identificación: nombres y apellidos completos, número del DNI y dirección. Asimismo, el banco registra el número de teléfono móvil, cuya titularidad valida OSIPTEL; y, la dirección electrónica del titular, hasta que se disponga el domicilio digital a que se refiere el Decreto Legislativo 1412, Ley de Gobierno Digital.

 

Lima, 9 de setiembre de 2020

PRENSA-CONGRESO

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