APRUEBAN PROYECTOS DE PROTECCIÓN DE NIÑOS Y ADOLESCENTES

Centro de Noticias del Congreso

20 Nov 2018 | 18:15 h

 

    El dictamen del proyecto de ley que propone sancionar el delito de explotación sexual, en sus diversas modalidades, para proteger con especial énfasis a las niñas, niños, adolescentes y mujeres, fue aprobado, por unanimidad, en una sesión conjunta extraordinaria que realizaron las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de la Mujer y Familia, en la sala Grau del Palacio Legislativo.

   Los dos grupos de trabajo, presididos por sus presidentes Alberto Oliva Corrales (PPK) y Tania Pariona Tarqui (NP), respectivamente, sancionaron cuatro propuestas a favor de la infancia, adolescencia y de la mujer en homenaje al Día Mundial del Niño que se celebra hoy.

   El texto consensuado modifica siete artículos del Código Penal, entre ellos el 153-B, que en adelante señalará el que obliga a una persona a ejercer actos de connotación sexual mediante violencia, amenaza, engaño, manipulación, abuso de confianza, situación de superioridad, autoridad, necesidad, vulnerabilidad, coacción u otro medio o condicionamiento que impida el libre consentimiento, con la finalidad de obtener un aprovechamiento económico o de otra índole, es reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de 15 años .

   La pena no será menor de 20 ni mayor de 25 años cuando la víctima tiene discapacidad, es adulta mayor, padece de una enfermedad grave o presenta cualquier situación de vulnerabilidad; y también si la víctima pertenece a un pueblo originario. Si la persona con la que se tiene acceso carnal o se realizan actos análogos es menor de 18 años, el agente será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 ni mayor de 20 años.

El dictamen aprobado también modifica los artículos 180, que sanciona a quienes se benefician con la explotación sexual; 181, 181-A, 181-B, 153-D, respecto a explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; y 181-C  del Código Penal.

Las comisiones de Justicia y de la Mujer también aprobaron, por unanimidad, el dictamen que modifica el Código Penal y tipifica el delito de trabajo forzoso. Señala que el que somete a otra persona, a través de cualquier medio y contra su voluntad, a realizar un trabajo o prestar un servicio personal, sea retribuido o no, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de diez años, inhabilitación conforme al artículo 36º y multa de 180 a 250 días de multa.

Igualmente fue sancionado, por unanimidad, el proyecto de ley que fortalece la interoperabilidad en el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

Asimismo fue aprobado, por unanimidad, la insistencia en la ley primigenia que fue observada por el presidente de la República y que crea el Registro de Agresores Sexuales. Este documento contendrá todos los datos personales de los condenados por delitos sexuales, como sus nombres y apellidos, nacionalidad, documento de identificación, domicilio, que debe ser informado a la autoridad si sufre alguna alteración; número de expediente y los delitos cometidos; a fin de que la ciudadanía tenga conocimiento de su identificación y residencia.

Los cuatro proyectos de ley aprobados quedaron expeditos para ser debatidos por el Pleno del Congreso de la República. (JON)

PRENSA-CONGRESO-

20-11-18  

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