En el Pleno del Congreso
Aprueban incluir predios rústicos adjudicados gratuitamente por el Estado a Ley 28667 sobre reversión de predios

Centro de Noticias del Congreso
22 Jun 2023 | 21:24 h

Para dar solución a la formalización de tierras en favor de miles de peruanos de diversas regiones del país, los predios rústicos adjudicados por el Estado a título gratuito con fines agrarios, también serán incluidos en los alcance de la Ley N° 28667, Ley que declara la reversión de predios rústicos al dominio del Estado, adjudicados a título oneroso con fines agrarios, ocupados por asentamientos humanos, aprobó el Pleno del Congreso.
El secretario de la Comisión Agraria, legislador Idelso García Correa (APP), sustentó la iniciativa de ley señalando la necesidad de la reversión al dominio del Estado, de los predios rústicos adjudicados a título oneroso y/o gratuito por el Estado con fines agrarios, para dar solución a la formalización de tierras a favor de miles de peruanos de diversas regiones del país.
La propuesta de ley propone modificar el artículo 1 de la Ley N°28667, Ley que declara la reversión de predios rústicos al dominio del Estado, adjudicados a título oneroso con fines agrarios, ocupados por asentamientos humanos, declarándose de interés nacional y de necesidad pública la reversión al dominio del Estado, de los predios rústicos adjudicados a título oneroso y/o gratuito por el Estado con fines agrarios, bajo el imperio de cualquier norma, incluyendo el Decreto Legislativo 838, que no hubiesen cumplido con las condiciones para las que fueron transferidos.
Ello, previa resolución de los respectivos contratos o actos jurídicos, siempre que se encuentren ocupados con anterioridad al 31 de diciembre de 2020 y con fines exclusivos de vivienda por asentamientos humanos, previamente declarados como tales por los gobiernos locales correspondientes, ubicados dentro o fuera de las zonas de expansión urbana de las ciudades
También precisa que corresponde a las municipalidades distritales, provinciales o el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, según el caso, la formalización, titulación e inscripción de los títulos de propiedad de las posesiones informales con fines exclusivos de vivienda.
Finalmente se propone que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, adecuará el Reglamento de la Ley 28667, Ley que declara la reversión de predios rústicos al dominio del Estado, adjudicados a título oneroso, con fines agrarios, ocupados por asentamientos humanos a las modificaciones previstas en la presente ley, dentro de los treinta días contados a partir de su publicación.
Al término del debate el parlamentario Pedro Martínez Talavera (AP), autor del proyecto refirió la importancia de la norma y señaló que se beneficiará a miles de ciudadanos que podrán formalizar sus terrenos que ocupan por muchos años. Solicitó se mantengan los mismos plazos para la titulación de terrenos.
Ruth Luque Ibarra (CD-JP), solicitó se precise algunos procedimientos y plazos legales para este caso que permitan transparentar los procesos para este caso.
Al término del debate la propuesta de ley fue aprobada por 102 votos a favor, cinco en contra, y dos abstenciones.
OFICINA DE COMUNICACIONES