Aprueban crear Padrón Nacional Único de Beneficiarios de Programas de Asistencia Alimentaria
Centro de Noticias del Congreso
16 Nov 2023 | 20:10 h
El Pleno del Congreso de la República aprobó esta noche, por unanimidad (109 votos), el dictamen por el cual se propone crear el Padrón Nacional Único de Beneficiarios de los Programas Sociales de Asistencia Alimentaria, a fin de mejorar la gestión y monitoreo de dichos programas.
La iniciativa legislativa se sustenta en Proyecto de Ley 1847/2021, y fue exonerada de segunda votación.
La titular de la Comisión de Inclusión Social y Personas con discapacidad, Kira Alcarraz Agüero (PP), sostuvo que “los programas sociales, especialmente los de asistencia alimentaria, vienen demostrando serias falencias por su desarticulación y escaso seguimiento, lo que se refleja en el poco avance de la lucha contra la pobreza”.
“Al respecto, como propuesta de solución, se propone una ley que disponga los procesos de actualización periódica, a nivel nacional, en los padrones de beneficiarios, orientada a la mejor gestión y monitoreo de los programas de asistencia alimentaria”, manifestó.
Intervinieron en el debate las congresistas Marleny Portero López (AP) y Rosangella Barbarán Reyes (FP).
La norma
El dispositivo legal dispone, en su artículo segundo, “la ejecución, a nivel nacional de procesos periódicos para la actualización del Padrón de Beneficiarios de los Programas de Asistencia Alimentaria, que incluyan a todos los programas de este tipo que administren el gobierno central, los gobiernos regionales y los gobiernos locales de todo el país”.
En el artículo cuarto se establece que dichos procesos de actualización se realicen anualmente, “teniendo en cuenta la programación presupuestal que se asigna antes del cierre de cada año fiscal.
Asimismo, en su artículo sexto, se establece: “Todos los beneficiarios incluidos en el Padrón Nacional Único de Beneficiarios de los Programas Sociales de Asistencia Alimentaria deben ser registrados en el Seguro Integral de Salud (SIS), respetando la actualización periódica materia de la presente ley”.
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