En sesión del Pleno
Vuelve a comisión dictamen que plantea modificar Ley de Libertad Religiosa
Centro de Noticias del Congreso
07 May 2026 | 21:35 h
La representación nacional decidió, por mayoría (49 votos a favor, 40 votos en contra y 8 abstenciones), que el dictamen que propone optimizar el ejercicio pleno del derecho fundamental a la objeción de conciencia, retorne a la comisión dictaminadora para efectuar un mejor análisis.
Ello, en función de una cuestión previa planteada por la congresista Susel Paredes Piqué (bancada BDP).
La propuesta legal se sustenta en el Proyecto de Ley 5923, que plantea modificar la Ley 29635, Ley de Libertad Religiosa, con el fin de optimizar el ejercicio pleno del derecho fundamental a la objeción de conciencia.
La iniciativa señalaba que la objeción de conciencia es un derecho fundamental, de naturaleza excepcional, mediante el cual un individuo se opone al cumplimiento de una obligación jurídica o administrativa por causa de un imperativo moral o religioso, grave o ineludible, reconocido por la entidad religiosa a la que pertenece.
Además, las instituciones educativas, en todos sus niveles y modalidades, respetan el derecho de los alumnos de exonerarse del curso de religión o de otros cursos, o de parte de estos, por motivos de conciencia o debido a sus convicciones religiosas, sin verse afectado su promedio académico.
El congresista Luis Aragón Carreño (bancada de Acción Popular), vicepresidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, sustentó la propuesta y argumentó que la persona que, de mala fe, ejerce abusivamente el derecho de objeción de conciencia, tendrán una sanción administrativa no menor de cinco unidades impositivas tributarias (5 UIT) ni mayor de diez unidades impositivas tributarias (10 UIT)
El autor de la iniciativa, congresista Alejandro Muñante Barrios (bancada de Renovación Popular) dijo que no se está creando un derecho nuevo ni privilegios de la ley, sino desarrollar mecanismo de un derecho humano fundamental que forma parte de un ordenamiento jurídico.
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