Se allanó a observaciones del Poder Ejecutivo

Pleno aprueba dictamen que precisa a las autoridades competentes de las redes viales del país

Centro de Noticias del Congreso

07 May 2026 | 14:36 h

Con 90 votos a favor, la representación nacional aprobó el dictamen de allanamiento a las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo a la autógrafa de ley (PL 7528) que modifica la Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, a fin de precisar las autoridades competentes y el régimen de aprobación de la jerarquización vial.

El presidente de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, Juan Mori Celis (bancada Acción Popular), manifestó que aceptan todas las observaciones del Ejecutivo y modifican la autógrafa original para mantener la competencia exclusiva del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en la aprobación de la jerarquización de las redes viales.

Asimismo, actualizar la terminología conforme a reglamento de jerarquización vial aprobada por Decreto Supremo 015-2024-MTC y eliminar ambigüedades sobre delegación y convenios remitiendo al marco normativo vigente.

El fin, indicó Mori Celis, es evitar conflictos de inconstitucionalidad.

En ese sentido, se respeta la autonomía del Ejecutivo en la jerarquización de las redes viales, porque es una función técnica y normativa de alcance nacional vinculada a rectoría específicamente del MTC.

Explicó que, la Carta Magna y la Ley Orgánica del Ejecutivo, establecen que el gobierno nacional define políticas y normas sobre infraestructura estratégica y si se otorgara facultades plenas a los gobiernos regionales o locales para jerarquizar se vulneraria el principio de unidad y se generaría fragmentación normativa.

Además, manifestó que el reglamento de jerarquización vial vigente ya permite la participación regional y local mediante propuestas y convenios sin alterar la jerarquía formal.

El texto aprobado establece que las autoridades competentes respecto de las redes viales que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) son:
a) El gobierno nacional, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respecto de la red vial nacional, incluso cuando las vías atraviesen zonas urbanas.

b) Los gobiernos regionales, respecto de su red vial departamental o regional, incluso cuando las vías atraviesen zonas urbanas.

c) Los gobiernos locales, respecto de la red vial provincial, la red vial urbana de su jurisdicción y los caminos rurales, conforme al Reglamento de Jerarquización Vial.

Además, precisa que la clasificación, la reclasificación y las modificaciones de la jerarquización de las redes viales que integran el SINAC se aprueban por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme al Reglamento de Jerarquización Vial y demás normas aplicables.

Cabe precisar que el dictamen de allanamiento no requiere de segunda votación.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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