Se instaló la Comisión Permanente para el Período Anual de Sesiones 2025-2026

Centro de Noticias del Congreso

15 Ago 2025 | 14:21 h

En sesión semipresencial y con la conducción del primer vicepresidente del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi Capurro, hoy quedó instalada la Comisión Permanente para el Período Anual de Sesiones 2025-2026, el último de este quinquenio legislativo.

Con el quorum reglamentario, el vicepresidente del Legislativo dispuso la lectura de los artículos 101 y 134 de la Constitución Política del Estado; y de los artículos 42, 43, 44, 45 y 46 del Reglamento del Congreso de la República.

Tras ello, Rospigliosi Capurro expresó: “Señores congresistas, de conformidad con las normas constitucionales y reglamentarias leídas, declaro instalada la Comisión Permanente del Congreso de la República para el Período Anual de Sesiones 2025-2026”.

De acuerdo con el artículo 101 de la Constitución Política del Estado, el cual señala que: “Los miembros de la Comisión Permanente del Congreso son elegidos por éste. Su número tiende a ser proporcional al de los representantes de cada grupo parlamentario y no excede del veinticinco por ciento del número total de congresistas”.

Mientras que el artículo 134 de la Carta Magna establece que «no puede disolverse el Congreso en el último año de su mandato. Disuelto el Congreso, se mantiene en funciones la Comisión Permanente, la cual no puede ser disuelta”.

Según el artículo 42 del Reglamento del Congreso de la República, respecto de la definición, funciones generales y composición: “La Comisión Permanente del Congreso se instala a más tardar dentro de los quince días útiles posteriores a la instalación del primer período ordinario de sesiones. Ejerce sus funciones constitucionales durante el funcionamiento ordinario del Congreso, durante su receso e inclusive en el interregno parlamentario derivado de la disolución del Congreso”.

Añade que “La Comisión Permanente está presidida por el Presidente del Congreso y está conformada por no menos de veinte Congresistas elegidos por el Pleno, guardando la proporcionalidad de los representantes de cada grupo parlamentario. El Presidente somete a consideración del Pleno del Congreso la nómina de los Congresistas propuestos para conformar la Comisión Permanente, a más tardar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la instalación del primer período anual de sesiones. La elección se realiza dentro de los cinco días hábiles posteriores. Los Vicepresidentes de la Comisión Permanente son los vicepresidentes del Congreso”.

Según, el artículo 43 del Reglamento del Congreso de la República, sobre la constitución y funcionamiento de la Comisión Permanente, señala que: “La Comisión Permanente del Congreso se reúne durante el receso del Congreso y en los demás casos señalados en este Reglamento, sin perjuicio de su instalación luego de la designación de sus miembros por el Pleno. Sin embargo, puede ser convocada dentro del período ordinario o extraordinario de sesiones cuando sea necesario cumplir con el trámite de acusación constitucional a que se refiere el artículo 99º de la Constitución Política.

Además, la Comisión Permanente también se reúne cuando lo solicita un tercio del número legal de sus miembros.

El artículo 44 del Reglamento señala que “el Reglamento del Congreso es el Reglamento de la Comisión Permanente y de las demás Comisiones, en lo que les sea aplicable.

En tanto, el artículo 45 precisa, respecto de la indisolubilidad de la Comisión Permanente, que “La disolución del Congreso por el Presidente de la República en aplicación de la atribución que le concede el artículo 134 de la Constitución Política, no alcanza a la Comisión Permanente».

Finalmente, respecto del control sobre la legislación de urgencia en el caso de disolución del Congreso, el artículo 46 del Reglamento del Congreso establece que “durante el interregno o el receso parlamentarios la Comisión Permanente ejerce sus funciones de control conforme a la Constitución Política y al presente Reglamento”.

INTEGRANTES
Los integrantes de la Comisión Permanente para el Periodo Anual de Sesiones 2025-2026, además los integrantes de la Mesa Directiva del Congreso, son:

FUERZA POPULAR (4 integrantes)
-Arturo Alegría García
-Martha Moyano Delgado
-César Revilla Villanueva
-Héctor Ventura Ángel

ALIANZA PARA EL PROGRESO (3)
-Eduardo Salhuana Cavides
-Lady Camones Soriano
-Jorge Marticorena Mendoza

PODEMOS PERÚ (3)
-José Luna Gálvez
-Digna Calle Lobatón
-Heidy Juárez Calle

PERÚ LIBRE (2)
-Flavio Cruz Mamani
-Elizabeth Taipe Coronado

RENOVACIÓN POPULAR (2)
-Alejandro Muñante Barrios
-Jorge Zeballos Aponte

ACCIÓN POPULAR (2)
-Elvis Vergara Mendoza
-Carlos Alva Rojas

AVANZA PAÍS (1)
-Alejandro Cavero Alva

JUNTOS POR EL PERÚ-VOCES DEL PUEBLO- BLOQUE MAGISTERIAL (2)
-Roberto Sánchez Palomino
-Víctor Cutipa Ccama

SOMOS PERÚ (2)
-Ana Zegarra Saboya
-Héctor Valer Pinto

BANCADA SOCIALISTA (1)
-Alfredo Pariona Pinche

HONOR Y DEMOCRACIA (1)
-Gladys Echaíz

BLOQUE DEMOCRÁTICO POPULAR (1)
-Edgard Reymundo Mercado

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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