Pescadores artesanales podrán acceder al derecho de latencia

Centro de Noticias del Congreso

06 Mar 2024 | 9:05 h

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, presidida por el congresista Pasión Dávila Atanacio (BMCN), aprobó el dictamen recaído en el proyecto de ley 6164/2023-CR, que modifica la Ley 27177, a fin de que los pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes puedan acceder al derecho de latencia.

El objetivo de la propuesta incorporar el artículo 2-A, en el artículo 2 de la Ley 27177, Ley Incorpora como Afiliados Regulares del Seguro Social de Salud a los Pescadores y Procesadores Pesqueros Artesanales Independientes.

Según el texto aprobado, los trabajadores independientes a quienes se refiere el artículo anterior, y sus derechohabientes, recibirán las prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y sociales, establecidas en la Ley N.° 26790 Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y su Reglamento. Las condiciones para su acreditación serán establecidas en el Reglamento de la presente norma.

Además, en caso de desempleo, los afiliados regulares como los pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes y sus derechohabientes adscritos a la Ley 27177, tienen derecho a las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud durante un período de latencia no menor de seis meses ni mayor de doce, siempre que cuenten con un mínimo de treinta meses de aportación durante los tres años precedentes al cese.

De otro lado, el grupo de trabajo aprobó invitar a los secretarios general del Sindicato de Trabajadores CAS-SUNAFIL- SITCAS-SUNAFIL, Cristian Haro Zúñiga, y al secretario general del Sindicato de Trabajadores de Latina Televisión -SITRALATINA, Edgardo Alonso Vega Amado, a fin de que expongan la problemática que aqueja a sus gremios.

En otro momento, el parlamentario Waldemar Cerrón Rojas (PL) sustentó su Proyecto de Ley 6752/2023-CR, que propone modificar la Ley 29245, Ley que regula los servicios de tercerización.
Indicó que su propuesta tiene por objeto modificar el artículo 7 de la referida norma, respecto a las garantías de los derechos laborales.

“La finalidad de la presente ley es garantizar los derechos laborales y sociales de los trabajadores bajo el contrato de esta modalidad”, señaló Cerrón Rojas.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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