Sustentan proyecto de ley que busca regular venta de alimentos en eventos masivos

Centro de Noticias del Congreso

10 Sep 2024 | 17:47 h

Durante la sesión de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, que preside el congresista Manuel García (APP), se sustentaron los proyectos de ley 7887/2023-CR, que propone regular la venta de alimentos en eventos masivos, así como el 8239/2023-CR, que busca proteger a los consumidores en los registros indebidos de las centrales privadas de información de riesgos.

La primera iniciativa, que fue expuesta por la parlamentaria Digna Calle (PP), tiene por objetivo que se permita el ingreso de alimentos y bebidas a eventos de concurrencia masiva a fin de que “evitar prácticas abusivas que limiten los derechos de los consumidores”.

La propuesta precisa que se considera como evento de concurrencia masiva a cualquier actividad cultural, académica, musical, teatral y otra de índole recreacional, cuyo aforo sea igual o superior a 100 personas, a título oneroso, independientemente del tipo de control para el ingreso de los participantes.

“Los asistentes a cualquier evento de concurrencia masiva pueden ingresar a los mismo con alimentos y/o bebidas para su consumo personal, tales como snacks, confitería, productos expandidos, agua, bebidas gasificadas o refrescantes, así como cualquier otro alimento y/o bebida fabricada o elaborada, igual o similar característica a los que son ofertadas por los organizadores o promotores del evento”, sostuvo la parlamentaria Digna Calle.

CENTRALES DE RIESGO
Por su parte, el parlamentario José Luna (PP) expuso el Proyecto de Ley 8239/2023-CR, que tiene como objetivo establecer la protección de los usuarios y/o consumidores de los registros indebidos en las Centrales Privadas de Información de Riesgos cuando no presentan deudas en el sistema financiero o servicios públicos regulados.

La propuesta plantea que se modifiquen los artículos 7, numeral 7.1, 7.2, 7.3; artículo 8, literal d); artículo 10, literal d); y artículo 12 de la Ley 27489, Ley que Regula las Centrales Privadas de Información de Riesgos y de Protección al Titular de la Información (Cepirs).

Entre los cambios se busca que las Cepris se encuentren bajo supervisión y control de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Otro cambio es que, en caso de que la deuda se haya extinguido o cancelado, el registro debe ser eliminado al día siguiente del cumplimiento de la misma.

En otro momento, en la sesión de la Comisión de Defensa del Consumidor se presentó el presidente ejecutivo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), Mauro Gutiérrez Martínez, quien expuso sobre el estado situacional de las empresas de agua potable y sus repercusiones en los usuarios en todo el país.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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