Comisión de Trabajo aprueba dictamen
Seguro de salud y de vida para personal que atiende a pacientes covid-19
Centro de Noticias del Congreso
18 May 2020 | 23:26 h
Por mayoría, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó el dictamen que propone una ley que otorga, de manera excepcional, un seguro de salud, seguro complementario de trabajo de riesgo y seguro de vida para las personas que laboran o prestan servicios de salud relacionadas con la emergencia sanitaria producida por el covid-19
De acuerdo al texto elaborado por el grupo de trabajo que preside el legislador Daniel Oseda (Frepap), se dispone otorgar los siguientes beneficios: afiliación al régimen contributivo que administra ESSALUD para quienes no cuenten con seguro de salud, y un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, para aquellos beneficiarios que no cuenten con este seguro, y una Póliza de Seguro de Vida.
Los beneficiarios serán “todo el personal que viene trabajando o prestando servicios de salud en las instituciones sanitarias del Estado en las Unidades de Cuidados Intensivos, Hospitalización o aquellos que realicen vigilancia epidemiológica y visitas domiciliarias a los pacientes que reciben atención ambulatoria en el marco de las acciones preventivas y de respuesta como consecuencia del COVID-19”,
Además, precisa que norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación y hasta 30 días calendario después de la fecha que se levante el Estado de Emergencia Sanitario producido por el COVID-19.
“Las prestaciones de ESSALUD y la póliza del Seguro de Vida mantienen vigencia para los beneficiarios que hubieran sido contagiados por el COVID-19 en ejercicio de sus funciones durante el Estado de Emergencia Sanitaria”, añade el texto aprobado.
PARA FF.AA Y PNP.
En otro momento, también por mayoría (y una abstención), la Comisión aprobó un dictamen que propone otorgar el seguro de vida o compensación extraordinaria para el personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, que en el ejercicio de sus funciones ha sido contagiado por el COVID-19, durante el tiempo que dure el Estado de Emergencia establecido por DS 044-2020-PCM y sus ampliaciones.
Para tal efecto, se propone incorporar una disposición complementaria transitoria a la Ley 29420, Ley que fija monto para el beneficio del seguro de vida o compensación extraordinaria para el personal de las FFAA, PNP y CGBVP y sus beneficiarios.
En los argumentos de este dictamen señala que la presencia y participación de la PNP y FFAA han sido decisivas para mitigar los estragos que causa esta pandemia, pues por DS 044-2020-PCM, se les encargó garantizar el acceso de los servicios públicos y bienes y servicios esenciales a nivel nacional.
“El rol protagónico de estas instituciones tutelares alrededor de la pandemia ha traído consigo dentro de los efectivos policiales y de las Fuerzas Armadas bajas que lamentar, por contagios por el Coronavirus; de allí que surge la importancia de que estos efectivos cuenten con un seguro de vida específico, en caso sean afectados por el COVID-19”, señala en sus considerandos.
En la sesión virtual de la fecha, se sustentó y debatió el proyecto de leyes para que los trabajadores CAS de EsSalud pueden ser incluidos en los alcances de la Ley 30555, que incorpora al régimen laboral del DL 728 a los trabajadores profesionales, no profesionales, asistenciales y administrativos de esa entidad. La propuesta será votada votada en la próxima sesión, adelantó el presidente de la comisión, Daniel Oseda.
PRENSA-CONGRESO