PUBLICAN LEY 39741 SOBRE HIPOTECA INVERSA

Centro de Noticias del Congreso

28 Mar 2018 | 10:33 h

 

La Ley 39741, que regula la Hipoteca Inversa como un medio que permitirá que las personas complementen sus ingresos económicos, mediante el acceso a un crédito con garantía hipotecaria, se publica hoy miércoles en el diario oficial El Peruano.

            Según la norma, por la hipoteca inversa una entidad autorizada otorga un crédito a favor del titular – o titulares-  del derecho de propiedad sobre un inmueble, con la afectación en garantía hipotecaria del referido inmueble. El reembolso del crédito exigible y la garantía será ejecutable al fallecimiento del titular o de los titulares.

            El monto del crédito será determinado en función al valor del inmueble y la esperanza de vida del titular, entre otros requisitos.

            La ley 39741 tiene nueve artículos, cuatro Disposiciones Complementarias Finales y tres Disposiciones Complementarias Modificatorias, entre ellas varios cambios a la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, 26702.

            El artículo 3 señala los requisitos a los que debe estar sujeta la hipoteca inversa; el artículo 4, los beneficiarios (el titular o titulares y la entidad autorizada podrán acordar que los primeros designen uno o más beneficiarios).

            Las entidades autorizadas (las de operaciones múltiples y las empresas de seguros) están especificadas en el artículo 5; el vencimiento anticipado del contrato (artículo 6); la resolución de la hipoteca inversa (invocación de la resolución automática del contrato en casos de incumplimiento) se especifica en el artículo 7.

            Asimismo, el artículo 8 se refiere a la  ejecución de la hipoteca nueva (se puede ejecutar extrajudicialmente); y el artículo 9 se refiere al régimen de transparencia, suministro de información y asesoramiento.

            Las modificaciones a la Ley 28971 contenidas en esta norma permiten que las empresas administradoras hipotecarias puedan efectuar operaciones de hipotecas inversas.

            La ley lleva las firmas del presidente del Congreso, Luis Galarreta; y Mario Mantilla, primer vicepresidente.

PRENSA CONGRESO

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