Presentan texto sustitutorio sobre nuevo régimen laboral agrario

Centro de Noticias del Congreso

21 Dic 2020 | 16:15 h

Después de varias horas de debate, con dos cuartos intermedios, uno para escuchar a representantes del Poder Ejecutivo, esta noche se presentó, ante el Pleno del Congreso, un texto sustitutorio que propone la ley del régimen laboral agrario.

Los presidentes de las comisiones de Economía y de Trabajo, Anthony Novoa Cruzado (AP) y Daniel Oseda Yucra (Frepap), respectivamente, coincidieron en destacar los esfuerzos por llegar a un acuerdo a favor de los trabajadores del sector agroexportador.

Esa no fue la posición del presidente de la comisión multipartidaria encargada de elaborar la iniciativa legislativa sobre una nueva ley del régimen laboral agrario, Juan Carlos Oyola Rodríguez (AP), quien lamentó que no haya sido considerada la propuesta que trabajaron durante dos semanas en cumplimiento de un encargo del Pleno.

Dijo que su posición con respecto a la remuneración es mantener en 58,77 soles diarios.

“No estamos de acuerdo con la decisión de las dos comisiones”, dijo al tiempo de afirmar que “llevado el tema al voto, serán responsables de la convulsión social que pueda ocurrir”.

PRINCIPALES MODIFICACIONES

Oseda Yucra y Novoa Cruzado se encargaron de informar las principales modificaciones del texto sustitutorio, entre ellas, el establecimiento de que la remuneración básica queda complementada por el bono especial por trabajo agrario, que es equivalente al 25 % de la remuneración mínima vital y tiene carácter remunerativo.

Asimismo, que la CTS equivale a 9,72 % de la remuneración básica agraria y las gratificaciones equivalen a 16,66 %, conceptos que se pagan al trabajador de forma prorrateada diariamente o en las fechas que la ley establece. La forma del abono se realiza a elección del trabajador.

Así también, que la remuneración diaria equivale a una remuneración básica agraria dividida en 30 días y no en 25; y que los trabajadores del sector agroindustrial y agroexportador participen del 10 % de las utilidades de sus respectivas empresas en las condiciones señaladas en el DL N.° 892.

Dieron cuenta también de la eliminación de una bonificación por incremento del PBI y del pago por escolaridad, además se modifica el derecho preferencial de contratación, para que a través del reglamento se establezcan las consideraciones de preferencia para la contratación de empleados. De igual manera, se elimina la parte referida a la ampliación de la frontera agrícola.

PRENSA-CONGRESO

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