Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprueba dictamen

Precisan requisitos para que trabajadores CAS de EsSalud sean incorporados al régimen 728

Centro de Noticias del Congreso

04 Nov 2022 | 14:58 h

Con la finalidad de beneficiar a más de cuatro mil trabajadores de EsSalud, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó el dictamen que precisa los requisitos para incorporar a los trabajadores profesionales, no profesionales, asistenciales y administrativos de EsSalud que se encuentran bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), al régimen del Decreto Legislativo 728.

A ese acuerdo se llegó con 10 votos a favor, 2 abstenciones y uno en contra, en la sesión que realizó el viernes 4, dirigida por la congresista Sigrid Bazán (CD-JPP), presidenta de dicha comisión.

Se trata del dictamen que propone modificar el artículo 3 de la Ley 30555, el cual reúne las iniciativas del congresista Edgar Tello Montes (BMCN) y del legislador Juan Burgos (NoA).

Se señala que para la incorporación al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, del personal CAS regular a plazo indeterminado de EsSalud -considerados en lo dispuesto en el artículo 5 y 10 del Decreto Legislativo 1057- deben cumplirse los requisitos de estar trabajando de forma continua por más de dos años, al 31 de diciembre del 2022, y haber ingresado a la institución mediante el concurso y la evaluación correspondientes.

“De esta manera, considerando las estadísticas y estimaciones que FONAFE remitió, los destinatarios de la presente iniciativa legislativa son 4 212 servidores que laboran en EsSalud bajo el régimen laboral CAS regular a plazo indeterminado que pasarían al régimen privado DL 728”, anotó la legisladora Sigrid Bazán.

Agregó que el estimado económico que realiza FONAFE asciende a S/ 116,5 millones por año. Bazán precisó que dicho monto representaría tan sólo el 0,79 % del presupuesto de EsSalud para el 2023, el cual se ha incrementado en promedio alrededor de mil millones de soles por año tanto en el 2021, en el 2022, como en lo proyectado para el 2023.

“El paso hacia el régimen laboral privado 728 servirá como impulso material para que los profesionales de EsSalud mantengan su compromiso para brindar un servicio de calidad, lo que beneficiaría a los usuarios”, subrayó la legisladora al tiempo de advertir que la medida genera un incentivo positivo a la dinamización de la economía, ya que el impacto presupuestal en FONAFE se redirige hacia los servidores de la salud en forma de gratificaciones y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), las cuales aumentan el poder adquisitivo de los trabajadores.

SEGURO VIDA LEY

En otro momento, por unanimidad con 15 votos a favor, fue aprobado el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 1462/2021- CR que propone la Ley que modifica el artículo 1 del Decreto Legislativo 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, para ampliar los beneficiarios del seguro vida ley.

La ley precisa que el trabajador tiene derecho a un seguro de vida a cargo de su empleador, a partir del inicio de la relación laboral el cual beneficia a la cónyuge o conviviente y de los descendientes. Además, señala que sólo a falta de éstos, corresponde a los ascendientes, hermanos menores y con la proyectada norma se incorpora “y a mayores de edad”.

“El proyecto de Ley por su naturaleza y alcances, no genera gasto alguno al tesoro público; ello es así porque los herederos legales en el orden sucesorio establecido en el artículo 816 del Código Civil, tendrán derecho a cobrar el capital asegurado en la póliza, beneficiando a la familia del trabajador, permitiendo de esta manera que el núcleo familiar del trabajador a su fallecimiento sea beneficiado con la cobertura del seguro que asciende a 16 remuneraciones en caso de fallecimiento natural o 32 remuneraciones en caso de fallecimiento a consecuencia de un accidente”, dijo la presidenta de la comisión al sustentar el dictamen.

PROTECCION A LA MADRE

En otro momento fue aprobado, con cargo a redacción, el dictamen recaído en los Proyectos de Ley 1330/2021-CR, 1934/2021-CR, 2127/2021-CR, 2890/2022-CR y 2948/2022-CR que, con texto sustitutorio, propone la Ley que establece disposiciones para proteger a la madre y al padre que trabajan en el sector privado o público. La votación fue 8 a favor, 4 en contra y 4 abstenciones.

Al sustentar el dictamen, la congresista Bazán dijo que la iniciativa legislativa tiene el propósito de beneficiar a las personas trabajadoras, con especial referencia a las mujeres, pues permite compatibilizar las responsabilidades familiares con las laborales.

Añadió que el objeto es reconocer derechos a las personas trabajadoras con responsabilidades familiares, tanto en el sector público como el privado, como el permiso a la trabajadora embarazada para los controles médicos prenatales, la protección contra el despido nulo a favor del trabajador cuya cónyuge se encuentra embarazada o en periodo de lactancia siempre que ella no tenga vínculo laboral vigente.

Además, precisiones para hacer efectiva la licencia laboral por adopción para cónyuges o integrantes de la unión de hecho, reconocimiento del derecho de las trabajadoras embrazadas o lactantes para desarrollar sus labores en el centro de trabajo priorizando el teletrabajo y ampliación del plazo de la licencia por paternidad y otorgamiento de subsidio por dicha licencia.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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