Pleno aprueba dictamen para fortalecer las competencias sancionadoras del Ministerio Público

Centro de Noticias del Congreso

18 Nov 2021 | 11:56 h

Con la finalidad de fortalecer las competencias sancionadoras del Ministerio Público, el Pleno del Congreso aprobó, por unanimidad (110 votos), el dictamen que plantea modificaciones a la Ley de la Carrera Fiscal. Enseguida fue exonerada del trámite de segunda votación.

El acuerdo se tomó en la sesión de este jueves 18, conducida por la presidenta del Congreso, Maricarmen Alva Prieto.

El dictamen, que reúne los proyectos de ley 103 y 104 y propuestos por el Ministerio Público, fue sustentado por la congresista Gladys Echaíz (APP), presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

“Consideramos que con esta regulación normativa han quedado homologadas dos leyes y solucionado un problema que tenían los encargados de llevar adelante los procesos administrativos sancionadores y las partes de la investigación. Contarán ahora con normas fijas seguras que les permita a ellos tener la previsión de normas que garanticen sus derechos y un debido proceso”, sostuvo Echaíz.

LA PROPUESTA

Echaíz indicó que el objeto es modificar los artículos 56, 58, 59 y 60 de la Ley 30483, Ley de la Carrera Fiscal, que regula el procedimiento disciplinario aplicable a los fiscales, a fin de fortalecer las competencias sancionadoras del Ministerio Público.

Sobre el procedimiento disciplinario, se plantea que el plazo máximo para resolver el procedimiento disciplinario sea de un año contado desde la fecha de notificación de imputación de cargos al fiscal. Este plazo no incluye el procedimiento recursivo.

Por otro lado, sobre la indagación preliminar se recomienda que el plazo máximo para realizar una indagación preliminar sea de 30 días hábiles desde que el órgano competente toma conocimiento del hecho. El plazo de la indagación preliminar puede prorrogarse, excepcional y motivadamente, por el mismo tiempo.

También, se han considerado añadidos en lo que respecta al apartamiento del cargo de los fiscales sometidos a procedimiento disciplinario por faltas muy graves. Sobre el apartamiento preventivo “corresponde decidir el apartamiento al órgano encargado del procedimiento disciplinario”.

Además, se precisa que esta medida no constituye sanción y vence a los seis meses de consentida o ejecutoriada la decisión. Se añade que “esta medida podrá prorrogarse por un plazo máximo de 6 meses y por una sola vez en decisión debidamente motivada, cuando concurran circunstancias que importen una especial dificultad o complejidad de los hechos”.

Con respecto al plazo de prescripción, rehabilitación y antecedentes disciplinario se precisa que la facultad para determinar la existencia de faltas administrativas e iniciar el procedimiento disciplinario prescribe, de oficio o a instancia de parte, a los cuatro años de cometida la falta.

Para la congresista Katy Ugarte (PL), la propuesta permite una lucha directa contra la corrupción y se refuerza la acción disciplinaria, mejorando la imagen institucional y las variables de la legitimidad social que el pueblo tanto reclama tener fiscales probos.

“Con esta herramienta cautelar de prórroga del apartamiento al cargo del fiscal, se garantiza la acción disciplinaria contra los fiscales que incurren en faltas que nacen de casos de corrupción”, agregó la legisladora.

Por su parte, la congresista Kelly Portalatino (PL) afirmó que se trata de un proyecto de ley muy importante, porque fortalece el sistema de la
administración de justicia en nuestro país.

“Esta norma permite establecer un adecuado marco normativo para el tratamiento del plazo de caducidad y la prescripción de la queja y de la investigación de proceso disciplinario que se inicie contra algún fiscal”, precisó la legisladora.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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