En Comisión de Constitución y Reglamento

Modifican el artículo 89 del Reglamento del Congreso sobre procedimiento de acusación constitucional

Centro de Noticias del Congreso

08 Abr 2025 | 12:55 h

Con 14 votos a favor, 6 en contra y 3 abstenciones, la Comisión de Constitución y Reglamento, que fue dirigido por el vicepresidente Luis Aragón Carreño (AP), aprobó el dictamen recaído en el proyecto de resolución legislativa del Congreso 9938/2024-CR, que propone modificar el artículo 89 del Reglamento del Congreso.

“Mediante el procedimiento de acusación constitucional se realiza el juicio político y el antejuicio político de los altos funcionarios del Estado comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política”, se detalla en la modificación del primer párrafo del artículo 89 del Reglamento del Parlamento.

Otro de los cambios del procedimiento de acusación constitucional en trámite es el reemplazo la palabra congresista por acusado.

“El Pleno del Congreso debate y vota, en la misma sesión, si se suspende o no al acusado en el ejercicio de sus funciones, el cual queda sujeto a juicio, según ley”, se detalla.

Durante el debate, la congresista y autora de la iniciativa, Patricia Juárez (FP), sostuvo que es importante que el antejuicio y el juicio político se encuentren previstos en el artículo 89 del Reglamento del Congreso.

En tanto, el congresista Alejandro Muñante (RP) señaló dijo que la propuesta subsana una omisión de un error de redacción, pues no se encontraba añadido el término juicio político en la normativa del Parlamento. “Reemplazar congresista por acusado es correcto, pues los que están sujeto a antejuicio o juicio político son los altos funcionario”, dijo.

OTROS TEMAS

En otro momento, por unanimidad, la Comisión de Constitución aprobó cinco dictámenes de control sobre diversos tratados internacionales ejecutivos, entre ellos, el que modifica el protocolo del acuerdo marco de la Alianza del Pacífico.

Luego, el parlamentario Alejandro Muñante sustentó el Proyecto de Ley 10708/2024-CR, que modifica la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, así como la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, a fin de establecer medidas para las simplificación del desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, evitar el uso arbitrario de la declaratoria de ilegalidad por conductas antidemocráticas y otras disposiciones para optimizar el sistema democrático.

A su turno, el legislador Segundo Montalvo (PL) expuso el Proyecto de Ley 02461/2021-CR, que busca modificar el artículo 88 de la Constitución Política del Perú, que sienta las bases para la verdadera reforma agraria del país.

Por su parte, el congresista Luis Gustavo Cordero Jon Tay (SP) sustentó el Proyecto de Ley 10343/2024-CR, que permite la reelección inmediata de gobernadores regionales y alcaldes para fortalecer la democracia.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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