Ante crisis económica producida por COVID-19
En cuarto intermedio propuesta para promover desarrollo productivo y empleo en contrataciones del Estado
Centro de Noticias del Congreso
15 Jul 2021 | 16:28 h
El Pleno del Congreso dejó en cuarto intermedio la iniciativa que plantea que en los procesos de contrataciones en los que se utilizan recursos del Estado, para efectos del otorgamiento de la buena pro, se agregue un 10 % a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por los postores que suministren bienes y servicios elaborados dentro del territorio nacional.
Se trata del Proyecto de Ley nro. 5864 que propone la promoción temporal del desarrollo productivo nacional y el empleo en las contrataciones del Estado.
La propuesta, de autoría del congresista José Vega Antonio (UPP), fue sustentada por el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Anthony Novoa Cruzado, quien indicó que la noma planteada no es aplicable en los procesos para la contratación de obras y que están excluidos los procesos financiados con préstamos externos y los derivados de la legislación sobre inversión privada en el país.
El legislador señaló que se trata de un dispositivo específico para apoyar y promover el empleo y la reactivación de la actividad productiva en el país, luego de la severa crisis en la salud de la población y en la economía nacional como producto de la COVID-19, que ha afectado y enlutado a miles de familias y ha destrozado la economía nacional.
La propuesta señala que se entenderá como bien elaborado dentro del territorio nacional a aquel que utilice en forma exclusiva materiales producidos o extraídos en el Perú; y los que utilizando materiales originarios de otros países mediante procesamiento, ensamble o montaje realizando en el Perú o utilizando materiales originarios de otros países, cuando el valor CIF de los materiales originarios de otros países no exceda del 50 % del valor de tales mercancías.
Novoa Cruzado explicó que los postores incluirán una declaración jurada en la que indiquen que cumplen con las condiciones indicadas de la ley.
En el caso de que el postor sea un consorcio, constituido por personas naturales o jurídicas nacionales, asociado con personal extranjero natural o jurídico, la bonificación se aplicará a las personas naturales o jurídicas nacionales, sobre la base de su porcentaje de participación en ese consorcio.
Después de un breve debate y a fin de aclarar algunos conceptos, Novoa Cruzado solicitó a la Mesa Directiva del Congreso un cuarto intermedio, pedido que fue finalmente aceptado.
OFICINA DE COMUNICACIONES