En la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

Declaran improcedente acusación contra el defensor del Pueblo

Centro de Noticias del Congreso

09 Oct 2020 | 14:04 h

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales declaró improcedente la denuncia constitucional contra el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez Camacho, presentada por el ciudadano Jesús Linares Cornejo por presuntos delitos de peculado, y fraude procesal.

Diez congresistas votaron a favor del informe de calificación que declara la improcedencia de la denuncia N.° 307. Además, hubo una abstención.

De igual manera, se procedió con la denuncia constitucional contra tres miembros del Tribunal Constitucional, por los supuestos delitos de usurpación, abuso de autoridad, encubrimiento personal, omisión de denuncia, falsedad genérica, prevaricato y negativa a administrar justicia, los mismos que se encuentran tipificados en el Código Penal y comprendidos en la Constitución Política del Perú.

La acusación fue presentada por el ciudadano José Luis Chipana Manchego contra los magistrados Eloy Espinoza Saldaña Barrera, Manuel Miranda Canales y José Luis Sardón De Taboada.

La congresista Martha Chávez Cossío (FP) advirtió que todos los argumentos referidos en el informe del denunciante, correspondiente a la denuncia N.° 323, tienen un pronunciamiento sobre el fondo, con lo cual se descalifica la acusación, sin haber pasado a la etapa de análisis del contenido.

Similar opinión tuvo el congresista Jorge Vásquez Becerra (AP), quien dijo que los requisitos de procedencia están señalados y no tienen que ver con el análisis puntual de los argumentos esgrimidos por el denunciante.

Puesto a votación, se registró cinco votos a favor a favor del informe de calificación, cuatro abstenciones y una en contra, con lo cual fue aprobado por mayoría.

La congresista Chávez Cossío también se refirió a la denuncia constitucional N.° 307 presentada contra el Defensor del Pueblo, señalando estar de acuerdo con la calificación de improcedencia, porque se trata de una denuncia difamatoria.

“No se puede tildar de delincuente a las personas. No hay derecho a calificarlas. En ese sentido, considero que debe haber una suerte de advertencia o de señal a las personas que incurrirán en responsabilidad cuando atribuyan delitos en forma fácil a los demás”, anotó.

La sesión estuvo conducida por la vicepresidenta de la subcomisión, Tania Rodas Malva (APP), en reemplazo del titular Luis Roel Alva (AP), quien bajó al llano por una cuestión ética y se abstuvo de votar los informes de calificación.

El parlamentario indicó que en una etapa de su vida profesional, antes de asumir la de congresista, prestó servicios profesionales a las entidades cuyos titulares son objeto de denuncia en esta ocasión.

Durante la sesión virtual también se vieron los casos de las acusaciones constitucionales N.° 351 y N.° 338.

 

Lima, 9 de octubre de 2020

PRENSA-CONGRESO

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