Por unanimidad

Congreso insiste en ley para dar autonomía administrativa y económica a centros poblados

Centro de Noticias del Congreso

25 Nov 2020 | 19:57 h

Congresista Grimaldo Vásquez sustentó propuesta

Con la finalidad de beneficiar a más ocho millones de peruanos que habitan en 94 mil centros poblados en todo el territorio nacional que por años han sido olvidados por el Estado, el Pleno aprobó, por 123 votos, insistir en la autógrafa observada, respecto a una iniciativa legislativa que tiene como fin dar autonomía administrativa y económica a los centros poblados.

Se trata del dictamen que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las municipalidades de centro poblados, modificada por la Ley 30937, y la Ley 28440, Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados.

El acuerdo fue tomado en la sesión virtual que se realizó el miércoles 25, dirigidos por la presidenta a. i. del Congreso, Mirtha Vásquez Chiquilín.

Durante el debate participaron parlamentarios de las diferentes bancadas políticas, quienes destacaron que la medida responde a un clamor de 2600 alcaldes de centros poblados, muchos de ellos así lo solicitaron a los congresistas de su región, cuya principal demanda está orientada a tener autonomía administrativa para hacer gestiones en favor de su población.

La sustentación de la insistencia estuvo a cargo del congresista Grimaldo Vásquez Tam, presidente de la Comisión de Descentralización, quien indicó que las observaciones del Ejecutivo nacen de una incomprensión de la autógrafa.

“Las municipalidades de centros poblados ejercen funciones delegadas, conforme a la normativa vigente, por lo que no hay ninguna violación a la Constitución Política”, puntualizó.

Lo dijo descartando así la observación sustentada en que la autógrafa tiene como principal objetivo modificar la naturaleza de las municipalidades de centros poblados al convertirlos en «órganos de gobierno», lo que viola el artículo 194 de la Constitución, que señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, mientras que las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley.

La propuesta inicial, aprobada por el Congreso el pasado 1 de octubre, modifica el artículo 128 referido a la creación para precisar que las municipalidades de centros poblados son órganos del gobierno local, encargados de la administración y ejecución de las funciones y los servicios públicos locales que les son delegados. Son creadas por ordenanza de la municipalidad provincial, con el voto favorable de los dos tercios del número legal de regidores.

También modifica el artículo 130 sobre el periodo de mandato, elección y proclamación para señalar que el consejo municipal de centro poblado está integrado por un alcalde y cinco regidores, la duración de su mandato es la misma que la de las autoridades municipales, provinciales y distritales. Las elecciones se realizan en la oportunidad y forma que define la ley de la materia.

Del mismo modo modifica el artículo 131 sobre dietas, el 133 sobre recursos, entre otras modificaciones.

Durante el debate, el congresista Gilmer Trujillo (FP) dijo que se trata de 18 proyectos de ley que reflejan las demandas de los alcaldes de los centros poblados del país. “Esta ley devuelve la fe a las autoridades que esperan mucho de este Congreso. Va a permitir que los gobiernos del nivel de centros poblados tengan la posibilidad de ayudar a que los servicios básicos, los servicios públicos que necesita la población puedan gestionarlos”, dijo.

Por su parte, Mártires Lizana (FP) subrayó que se beneficiará a 2600 alcaldes de las municipalidades de centros poblados del país. “Muchas veces los alcaldes de los centros poblados tienen que hacer de gasfitero, de carpintero, de todo por ayudar a su población. Ese alcalde que muchas veces tiene que vender sus bienes para sacar para sus pasajes y hacer su gestión”, acotó.

A su turno, el congresista Kenyon Durand (AP) autor del PL 4864 de los centros poblados sustentó su posición en favor de la propuesta. “Los centros poblados en estos momentos tienen el derecho adquirido de vivir con dignidad.
Es importante que permanezcan sus derechos y que se reconozcan mayores derechos a los alcaldes de los centros poblado”, dijo.

El legislador Perci Rivas Ocejo (APP), autor del PL 4959 también sobre la materia, subrayó que el propósito es fortalecer a las municipalidades de los centros poblados. “Cuando hablamos de los centros poblados hablamos de aquellas autoridades que se encuentran más cerca de los problemas del Perú profundo y estas autoridades han enfrentado la pandemia sin un sol”, manifestó.

A su turno, el parlamentario Robledo Gutarra Ramos (Frepap) señaló que es necesario aprobar la iniciativa que beneficiará a nuestros hermanos del interior del país. “En la región Junín hay alcaldes que tiene que viajar horas tras horas corriendo riesgo, por ello, es necesario agilizar y efectivizar su trabajo”, dijo.

Por su lado, María Gallardo (PP) refirió que los centros poblados son entes autónomos encargados de administrar programas sociales, lo cual refleja una muestra clara de la descentralización. “La propuesta permitirá que nuestros centros poblados adopten las medidas necesarias para que la población salga de la difícil situación que viven”, señaló.

En otro momento, Martha Chávez Cossio consideró que es necesario dotar a los centros poblados de todas las herramientas necesarias para que puedan cumplir las tareas que se les ha transferido; en tanto que Javier Mendoza Marquina (UPP) observó que estos pueblos viven la ausencia absoluta del Estado peruano y por eso el Congreso tiene el deber de reivindicarlos.

PRENSA-CONGRESO

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