Comisión Permanente otorga plazo de hasta 15 días hábiles para investigar siete denuncias constitucionales

Centro de Noticias del Congreso

02 Abr 2025 | 11:48 h

La Comisión Permanente otorgó, este miércoles, un plazo de hasta 15 días hábiles para que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales realice la investigación y presente su informe final respecto a seis denuncias constitucionales declaradas procedentes y una declarada procedente en un extremo.

Ello en cumplimento del inciso d) del artículo 89 del Reglamento del Congreso referido al procedimiento de acusación constitucional.

Las denuncias constitucionales con ese plazo son:
-Denuncia Constitucional 388 y 473 (acumulada), interpuesta por los congresistas Patricia Chirinos Venegas y Jorge Montoya Manrique, contra Luz Tello Valcárcel de Ñecco, Aldo Vásquez Ríos, Imelda Tumialán Pinto, Henry Ávila Herrera, Antonio de la Haza Barrantes, María Zavala Valladares y Guillermo Thornberry Villarán, todos en su condición de exmiembros de la Junta Nacional de Justicia, por la presunta infracción de los artículos 38, 39, 154 de la Constitución Política del Perú, así como, por la probable comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificado en el artículo 377 del Código Penal, en agravio del Estado.

-Denuncia Constitucional 489, interpuesta por el exfiscal de la nación (i) Juan Carlos Villena Campana, contra el legislador Jorge Luis Flores Ancachi, como presunto autor del delito contra la administración pública – concusión, en grado de tentativa, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 382 del Código Penal, en agravio del Estado.

-Denuncia Constitucional 511, interpuesta por el exfiscal de la nación Juan Carlos Villena Campana, contra el congresista Nivardo Édgar Tello Montes, como presunto autor del delito contra la administración pública, tipificado en el artículo 382 del Código Penal, en agravio del Estado.

-Denuncia Constitucional 514, interpuesta por el exfiscal de la Nación (i), Juan Carlos Villena Campana, contra el parlamentario José Alberto Arriola Tueros, como presunto autor del delito contra la administración pública – concusión, tipificado en el artículo 382 del Código Penal, en agravio del Estado.

-Denuncia Constitucional 498, interpuesta por el exfiscal de la nación, Juan Carlos Villena Campana, contra José Pedro Castillo Terrones, en su condición de presidente de la república y Eduardo Eugenio Gonzáles Toro, en su condición de exministro de Energía y Minas, por la presunta comisión de los delitos de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo y nombramiento ilegal, tipificados en los artículos 399 y 381 del Código Penal, en agravio del Estado.

-Denuncia Constitucional 426, interpuesta por la congresista Ruth Luque Ibarra, con la adhesión de la congresista Isabel Cortez Aguirre, contra la exfiscal de la nación Liz Patricia Benavides Vargas, por la supuesta infracción constitucional de los artículos 39, 43, 139.2, 158 y 159.2 de la Constitución Política del Perú y por la presunta comisión de los delitos de organización criminal y tráfico de influencias, tipificados y sancionados en los artículos 317 y 400 del Código Penal.

PROCEDENTE EN UN EXTREMO

También se le dio a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales el plazo de hasta 15 días hábiles para que investigue la Denuncia Constitucional 331, procedente en un extremo, contra Pedro Andrés Toribio Topiltzin Francke Ballvé (exministro de Economía y Finanzas) y Mirtha Vásquez Chuquilín (expresidenta del Consejo de Ministros), por la presunta infracción constitucional de los artículos 38, 39 y 126 de la Constitución Política del Perú y la presunta comisión del ilícito penal de patrocinio ilegal, tipificado en el artículo 385 del Código Penal.

PENDIENTE DE PLAZO

La Comisión Permanente no aprobó otorgar el plazo referido a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para que se aboque a la Denuncia Constitucional 516, interpuesta por el exfiscal de la nación (i) Juan Carlos Villena Campana contra José Pedro Castillo Terrones, en su condición de expresidente de la República del Perú, como presunto autor del delito contra la administración pública, delitos cometidos por funcionarios públicos, en la modalidad de peculado de uso, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 388 del Código Penal, en agravio del Estado.

Solo obtuvo 6 votos a favor, 15 votos en contra y cero abstenciones.

“El tema queda pendiente. La Mesa Directiva propondrá otro plazo, y será votado en una siguiente sesión”, dijo la primera vicepresidenta Patricia Juárez, quien condujo la sesión.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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