Comisión Permanente envió al archivo 17 denuncias constitucionales

Centro de Noticias del Congreso

19 Feb 2025 | 10:17 h

La Comisión Permanente del Congreso envió al archivo 17 denuncias constitucionales declaradas improcedentes por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

Ello en cumplimiento del inciso c) del artículo 89 del Reglamento del Congreso sobre el procedimiento de acusación constitucional que señala lo siguiente:“Las denuncias que son calificadas improcedentes se remitirán al archivo”.

Entre esas denuncias improcedentes se encuentran:
– Denuncia Constitucional 243 contra el ex Contralor General de la República, Nelson Shack, por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad y omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

– Denuncia Constitucional 526 contra el exministro de Energía y Minas, Rómulo Mucho, como presunto autor del delito contra la administración pública, delitos cometidos por funcionarios públicos, en la modalidad de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo y peculado de uso.

– Denuncia Constitucional 413 contra los exmiembros de la Junta Nacional de Justicia, Aldo Alejandro Vásquez Ríos, María Amabilia Zavala Valladares, Luz Inés Tello Valcárcel de Ñecco, Henry José Ávila Herrera, Guillermo Thornberry Villarán, Imelda Julia Tumialán Pinto y Humberto De La Haza Barrantes por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad y prevaricato.

– Denuncia Constitucional 412 contra la expresidenta de la Junta Nacional de Justicia, Imelda Tumialán Pinto, por la presunta infracción constitucional de los artículos 2 (incisos 5 y 20), 38 y 39 de la Constitución Política del Perú; y, por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad y de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

– Denuncia Constitucional 277 contra el exministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke, por la presunta infracción del artículo 145 de la Constitución Política; por no cumplir con los criterios de procedibilidad establecidos en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento del Congreso.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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