Comisión de Constitución inicia debate para regular la cuestión de confianza

Centro de Noticias del Congreso

24 Ago 2021 | 15:54 h

La Comisión de Constitución y Reglamento inició el debate de los cuatro proyectos –tres en materia legislativa y uno de reforma constitucional– orientados a regular la aplicación de la cuestión de confianza por parte del Poder Ejecutivo. Lo hizo con la participación de expertos en derecho constitucional y en derecho parlamentario.

Esta sesión, dirigida por su presidenta, la congresista Patricia Juárez (FP), fue la primera ordinaria del periodo anual de sesiones 2021-2022, y se realizó el martes 23 en el hemiciclo Raúl Porras Barrenechea del Palacio Legislativo.

El primer proyecto sustentado fue el 006/2021-CR, Ley de interpretación del uso de la cuestión de confianza regulada en la Constitución Política del Perú, a cargo del congresista Luis Aragón Carreño, del grupo parlamentario Acción Popular.

La propuesta apunta a precisar que “el Poder Ejecutivo puede plantear cuestión de confianza sobre una iniciativa legislativa ministerial, en materias de su competencia, no siendo procedente las iniciativas legislativas de competencias exclusivas del Congreso de la República, como la aprobación de reformas constitucionales”.

El legislador afirmó que lo que se busca es el equilibrio de poderes. “De ninguna manera se trata de limitar la competencia del Poder Ejecutivo en la cuestión de confianza que se basa en las políticas públicas, en tanto que los temas referidos a reforma constitucional son exclusivamente del Congreso de la República”, añadió.

Además, señaló que “en el caso de plantearse cuestión de confianza sobre iniciativas legislativas, debe culminarse el procedimiento parlamentario establecido en el artículo 108 de la Constitución Política del Perú”.

Finalmente, precisa que “el rechazo o aprobación de la cuestión de confianza solo producirá efectos legales cuando la decisión final sea notificada por el Congreso al Poder Ejecutivo; no siendo procedente la presunción de la misma”.

Por su parte, la congresista Lady Camones Soriano, del grupo parlamentario Alianza Para el Progreso, presentó los alcances del Proyecto de Ley 0019/2021-CR, que interpreta el último párrafo del artículo 132 de la Constitución Política del Perú.

El texto señala que “se interpreta que la cuestión de confianza, planteada sobre una iniciativa ministerial, está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo; no encontrándose, entre ellas, las referidas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que son de competencia exclusiva y excluyente del Congreso de la República”.

Asimismo, señala que “la decisión que resuelva el Congreso de la República sobre la aprobación o rechazo de la cuestión de confianza es comunicada al Poder Ejecutivo para su validez”.

En la sesión también fue sustentado el Proyecto de Ley 0036/2021-CR, que interpreta el artículo 132 de la Constitución Política del Perú, a cargo de la congresista Adriana Tudela Gutiérrez, del grupo parlamentario Avanza País.

La iniciativa propone que “la posibilidad de plantear una cuestión de confianza debe interpretarse como referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo, no encontrándose entre ellas las referidas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que son materia exclusiva y excluyente del Congreso de la República”.

Además, precisa que “la aprobación o rechazo de la cuestión de confianza se determina expresamente por la votación del pleno del Congreso, no siendo procedente la presunción de la misma. Una vez concluido el debate y la votación, el resultado se pone en conocimiento del Poder Ejecutivo mediante oficio. Los actos derivados del acuerdo del Pleno sobre la cuestión de confianza solo pueden efectuarse una vez realizada dicha comunicación”.

“En vista de lo ocurrido en los últimos años respecto a la cuestión de confianza es urgente e importante aclarar el alcance de la misma, ya que se ha desnaturalizado durante los últimos años. Se ha utilizado indiscriminadamente con la finalidad de debilitar la posición del Congreso de la República y limitar los alcances del control político que este puede ejercer respecto del Ejecutivo” agregó la legisladora.

Para exponer sobre los proyectos de ley 003, 006, 0019 y 0036/2021-CR, que proponen regular la cuestión de confianza, participaron los expertos en derecho constitucional, Domingo García Belaúnde y Gerardo Eto Cruz, así como el especialista en derecho parlamentario, César Delgado Guembes.

RECURSOS NATURALES
En otro momento, respecto del Proyecto de Ley 022/2021-CR, que perteneciente al grupo parlamentario Perú Libre y que plantea la modificación de los artículos 62, 65 y 66 de la Constitución Política. Participaron con sus opiniones el doctor César Ochoa Cardich, experto en derecho constitucional económico y el magíster Jorge Gonzáles Izquierdo, experto en política económica.

La finalidad de la propuesta es recuperar los recursos naturales explotados y sus derivados producidos en el país o región, para destinarlos a la atención prioritaria de la demanda nacional y regional de servicios públicos.

“A mi juicio, esta reforma solo podría ser para situaciones excepcionales y transitorias por causa de emergencia económica y por ley del Congreso”, aseveró el doctor César Ochoa Cardich.

En tanto que Gonzales Izquierdo advirtió que la redacción del proyecto, tal como está, desnaturaliza el capítulo económico de la Constitución. Se refirió en particular al artículo 65 sobre la protección al consumidor, por lo cual -dijo- se relaciona con “abastecimiento de mercado y probable control de precios”.

PLAN DE TRABAJO
Antes, con 17 votos a favor y 2 abstenciones, se aprobó el Plan de trabajo de la Comisión de Constitución y Reglamento para el período anual de sesiones 2021-2022, que comprende reformas constitucionales y al Reglamento del Congreso.

En el ámbito del control político se incluyó revisar y controlar la constitucionalidad de los decretos de urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo, de los decretos legislativos, así como de los tratados internacionales aprobados.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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