COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN APRUEBA CUATRO INSISTENCIAS

Centro de Noticias del Congreso

23 Jun 2017 | 13:10 h

La Comisión de Constitución y Reglamento, que preside el congresista Miguel Torres Morales, aprobó, por unanimidad, el dictamen de insistencia recaído en la observación a la autógrafa del proyecto de ley que modifica los artículos 3 y 7 y la única disposición complementaria transitoria, y se deroga parcialmente el artículo 2 del Decreto Legislativo 1334, que crea el Fondo de Adelanto Social correspondiente al proyecto de ley 1308-2016-CR.

En una de las principales disposiciones, el proyecto establece que durante el ejercicio presupuestal 2017, los distintos pliegos presupuestales podrán efectuar transferencias de recursos al Fondo de Adelanto Social mediante ley aprobada por el Congreso de la República.

En la breve sesión realizada en el hemiciclo del Parlamento, ese grupo de trabajo también aprobó el dictamen de insistencia reiterado en la autógrafa del proyecto de ley que modifica el artículo el artículo 3 del Decreto Legislativo 1282, que modifica la ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial y que amplía el plazo de acogimiento al Fondo de Garantía Empresarial (FOGEM), correspondiente al proyecto de ley 998-2016-CR. 

Asimismo, sancionó el dictamen de  insistencia en la observación de la autógrafa del proyecto de ley que deroga parcialmente el artículo 3, la tercera disposición complementaria final y la segunda disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo 1284, que crea el Fondo de Inversión Agua Segura, correspondiente al proyecto de ley 1283-2016-CR.

En la exposición de motivos, se indica que el Decreto Legislativo 1284 que crea el Fondo de Inversión Agua Segura, excede los alcances y límites señalados en la 30506 que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de PETROPERÚ, por lo que la Comisión de Constitución reitera su recomendación de derogatoria parcial indicada.

La Comisión de Constitución aprobó, por unanimidad, el dictamen de insistencia recaído en la observación a la autógrafa del proyecto de ley que deroga parcialmente el artículo 1º del Decreto Legislativo 1323, que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género, en el extremo que modifica el literal d) del numeral 2 del artículo 46 y el artículo 323del Código Penal, correspondiente al proyecto de ley 1319-2016-CR.

Por lo tanto, ese grupo de trabajo rechaza las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo, por considerar que se confirma que el Decreto Legislativo 1323 excede los alcances de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso al Poder Ejecutivo.

También aprobó el dictamen recaído en el proyecto de Resolución Legislativa 1346-2016-CR, que modifica el artículo 81 del Reglamento del Congreso de la República, para precisar el procedimiento de aprobación de una ley de reforma constitucional.

La propuesta legislativa establece reglas especiales para la aprobación de proposiciones de ley. En consecuencia el artículo 81º del Reglamento del Congreso debería ir de la siguiente manera:

“para el debate y aprobación de proposiciones de ley que no se refieran a materia común, se observarán las siguiente reglas:

a)     Leyes de reforma de la Constitución; se aprobarán con el voto favorable de por lo menos la mitad más uno del número legal de congresistas, para luego ser sometida a referéndum o, en su defecto, será aprobada en dos períodos ordinarios de sesiones o legislaturas sucesivas con el voto aprobatorio de un número superior a los dos tercios del número legal de congresistas. La ley aprobada por cualquiera de las formas señaladas no puede ser observada por el Presidente de la República”. (JON)

 

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