CERTIFICADOS DE INSPECCIÓN TÉCNICA TENDRÁN VIGENCIA DE DOS AÑOS

Centro de Noticias del Congreso

15 Jun 2017 | 16:24 h

Los certificados de inspección técnica de los establecimientos comerciales tendrán una vigencia de dos años y dejarán de tener validez por tiempo indeterminado a fin de contribuir con la protección de la integridad física  y la seguridad de las personas. 

Así lo aprobó el Pleno del Congreso el jueves 15 con 69 votos a favor, dos en contra y once abstenciones. Una nueva consulta a los asambleístas, que obtuvo 76 votos a favor, uno en contra y 15 abstenciones, la exoneró de una segunda votación. 

De esta manera, se propone modificar el artículo 11 de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Ley 28976, para prohibir la vigencia indeterminada del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones.

El dictamen que comprende las propuestas de las congresistas Lourdes Alcorta (FP) y Alejandra Aramayo (FP) fue sustentado por la segunda de las nombradas en su calidad de presidenta de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales, Modernización de la Gestión  del Estado. 

Aramayo Gaona señaló que el dictamen fue aprobado en su comisión en forma multipartidaria y responde a la necesidad de proteger  a la ciudadanía cada vez más vulnerable. Asimismo, refirió que los incendios con pérdidas de vidas como los ocurridos en los últimos tiempos, sirvieron para estimular la elaboración del proyecto.

La presidenta de la Comisión de Vivienda, Marisa Glave (FA), dijo que la vigencia indeterminada del Certificado de Inspección Técnica desde el 2008 no permite a las autoridades de los órganos correspondientes actuar para prever los accidentes. De igual manera, dijo que en Lima no hay garantía en los establecimientos comerciales. 

El congresista Wilbert Rozas (FA) dijo que en el estado actual no hay condiciones para que los establecimientos comerciales mejoren el estado de los mismos, e incluso, corran riesgo de perder sus propios capitales. 

Por su lado, el congresista Víctor Andrés García Belaunde (AP), consideró que dos años es un extremo y que debiera ser más el tiempo de vigencia del referido documento. 

“Hay normas con buenas intenciones. No debe ser una vigencia de tiempo indeterminado, pero tampoco dos años. Aquí de lo que se trata es que quienes expiden los certificados, las municipalidades, ven con buenos ojos un tiempo corto para cobrar. Lo que ven son los ingresos”, expresó. (MED).

PRENSA CONGRESO 

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