En Comisión de Defensa Nacional
Aprueban propuesta de Ley del Servicio de Serenazgo Municipal
Centro de Noticias del Congreso
19 Ene 2021 | 9:12 h
Por unanimidad y con cargo a redacción, la Comisión de Defensa Nacional aprobó el texto sustitutorio que propone la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, con el objeto establecer el marco normativo que regula esa función como parte del servicio de seguridad ciudadana que prestan las municipalidades, a fin de que pueda contribuir con la convivencia pacífica, el control de la violencia y la prevención de delitos y faltas.
Según la propuesta aprobada por el grupo de trabajo que preside el parlamentario Daniel Urresti Elera (PP), se establecen los mecanismos para la participación, articulación y coordinación del serenazgo municipal con los servicios similares de las diversas municipalidades, con la Policía Nacional del Perú, la sociedad civil y las instituciones vinculadas con la seguridad ciudadana, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
La iniciativa aplica al serenazgo municipal que, como parte del servicio de seguridad ciudadana, prestan las municipalidades provinciales y distritales, conforme a ley. De igual manera, se precisa que este es el servicio que brindan las municipalidades provinciales y distritales en su respectivo ámbito geográfico conforme a ley, además forma parte del servicio de seguridad ciudadana y contribuye con el cumplimiento de la normativa municipal.
También, comprende, principalmente, la vigilancia, protección civil, respuesta ante emergencias, patrullaje, atención de las plataformas de atención al ciudadano, operación de la video vigilancia y herramientas tecnológicas y demás acciones de naturaleza similar. El ejercicio de las funciones y atribuciones del serenazgo municipal no interfiere con las competencias de otras instituciones del Estado.
Entre sus funciones está el de contribuir en el mantenimiento de la tranquilidad, orden y seguridad del vecindario, en el marco de los planes de acción de seguridad ciudadana de las respectivas municipalidades. Así mismo, se encarga de vigilar e informar sobre situaciones o comportamientos irregulares o ilegales que evidencien la comisión o la realización de actos preparatorios de delitos, faltas y contravenciones que se produzcan en su sector de vigilancia.
Además, establece que, en casos de delitos y faltas flagrantes, se encuentra facultado a retener al presunto implicado, poniendo en forma inmediata al retenido a disposición de la Policía Nacional del Perú, en aplicación de la Ley N.° 29372, Ley de Arresto Ciudadano y del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957. Asimismo, puede participar en operativos conjuntos con la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, Gobernación y otras instituciones vinculadas a la seguridad ciudadana, en el marco de los planes de seguridad ciudadana.
OTROS TEMAS
De otro lado, la comisión dejó pendiente, para la próxima sesión, el debate del proyecto de ley que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Fue a pedido del congresista Jhosept Pérez Minbela (APP), quien solicitó antes de debatir y aprobar dicho proyecto se pida opinión al Ministerio de Interior.
Previamente, se presentó, ante el grupo de trabajo, el presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida), Fidel Pintado Pasapera, quien informó el avance de la Estrategia Nacional de Lucha contra las drogas 2017-2021.
Asimismo, la nueva metodología de cálculo de productividad de la cocaína, así como las razones por las que se ha dejado el sistema de monitoreo anterior, precisando cuál es la efectividad del sistema de monitoreo actual y los supuesto apoyos de Devida al proceso de titulación de tierras reclamadas por comunidades indígenas en favor de personas individuales y conflictos generados por dicha intervención.
PRENSA-CONGRESO