Aprueban primer paquete de reformas del Sistema Privado de Pensiones
Centro de Noticias del Congreso
11 Nov 2015 | 13:22 h
Al iniciar la sesión, el congresista Julca solicitó se aborde este proyecto debido a la preocupación que existe en la población, entre otros temas, por las tablas de mortalidad presentadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Según informó, a la Comisión de Economía fueron presentados 34 proyectos de ley referidos al tema de las AFP, los cuales fueron agrupados para su estudio en tres grupo: jubilación anticipada por desempleo, devolución de aportes del fondo acumulado de la cuenta individual de capitalización, e imprescriptibilidad de acciones de deuda.
Jubilación anticipada por desempleo
Sobre la jubilación anticipada, el congresista Modesto Julca recordó que esta fue creada en el año 2007 con carácter temporal debido a la crisis económica internacional que afectaba la generación de empleo.
Comentó que desde el año 2010 a julio 2015 se han jubilado, bajo esta modalidad, 13,980 afiliados.
Debido a que la crisis continúa, indicó que la Comisión aprobó su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2108.
Devolución de aportes del fondo acumulado de la cuenta individual de capitalización
Actualmente esta modalidad permite a los afiliados que al cumplir los 65 años tengan un fondo menor a 5,810 soles puedan retirarlo en una sola armada, quedando sin protección de salud.
La propuesta aprobada por los miembros de la Comisión establece que el afiliado al cumplir los 65 años podrá solicitar a la AFP la entrega total de su fondo en una sola armada, dejando el 4.5 % para garantizar la cobertura de salud.
En este punto, el presidente de la Comisión y el congresista Rubén Condori se abstuvieron, ya que la propuesta inicial establecía que el monto sea menor o igual a 26,145 soles.
Imprescriptibilidad de acciones de deuda
En este caso, Julca Jara manifestó que la Comisión aprobó que los aportes efectivamente descontados a los trabajadores y que no fueron depositados por el empleador en forma oportuna a la AFP, la deuda no prescribe.
El presidente de la Comisión precisó que de esta manera se evitará que los trabajadores se perjudiquen por el incumplimiento que puedan cometer los empleadores.
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Lima, 11 de noviembre de 2015
Oficina de Prensa – Comisión de Economía
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