Aprueban dictamen que determina las características sobre tipicidad de una organización criminal

Centro de Noticias del Congreso

30 May 2024 | 20:02 h

Con 52 votos a favor, 13 en contra y 32 abstenciones, la representación nacional aprobó en primera votación el dictamen del Proyectos de Ley 5981, que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, la Ley 30077, Ley contra el Crimen Organizado y la Ley 27379, Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, con la finalidad de determinar las características concurrentes para la tipicidad de una organización criminal.

La propuesta fue sometida nuevamente a votación luego de que en la sesión del Pleno del 29 de mayo, quedara sin resolver, al no alcanzar la votación requerida, siendo el número de abstenciones superior al número de los votos a favor y en contra.

Previo al acuerdo, el legislador Américo Gonza Castillo (PL), presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, dio cuenta del nuevo texto sustitutorio consensuado con diversas bancadas, el cual contiene tres artículos que modifican el artículo 317 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, los artículos 2 y 4 de la Ley 30077, Ley Contra el Crimen Organizado y el artículo 2 de la Ley 27379, Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares.

En tanto, durante el debate la legisladora Ruth Luque Ibarra (CD-JP) y Héctor Valer Pinto (SP), se mostraron en contra de la propuesta legislativa, sustentando que las modificaciones planteadas pueden generar un perjuicio a las investigaciones en curso y a las que se encuentran incluso más avanzadas, significando beneficios para organizaciones criminales que están vinculadas a la tala ilegal, trata de personas, entre otros.

El primer vicepresidente del Parlamento, Arturo Alegría García (FP), encargado de dirigir el debate, informó que de conformidad a lo establecido en el Reglamento del Congreso, el proyecto aprobado será materia de segunda votación transcurridos siete días calendario.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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