También declaró improcedentes nueve denuncias
Subcomisión de Acusaciones Constitucionales declara improcedentes nueve denuncias y archiva caso de Alberto Otárola
Centro de Noticias del Congreso
13 Jun 2026 | 10:38 h
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, que preside Lady Camones Soriano (bancada APP), aprobó, por mayoría, el informe final de la Denuncia Constitucional 520 contra el expresidente del Consejo de ministros Alberto Otárola Peñaranda que recomienda su archivo definitivo.
La denuncia fue formulada por el exfiscal de la Nación (i) Juan Carlos Villena Campana, quien denunció a Otárola Peñaranda como presunto instigador de la comisión del delito contra la administración pública, delitos cometidos por funcionarios públicos en la figura de colusión simple y agravada.
Obtuvo 9 votos a favor, 2 votos en contra y cero abstenciones.
Al exministro se le acusó de haber ejercido una injerencia funcional indebida en contrataciones públicas, a personas con quienes mantenía vínculos personales y profesionales previos, hechos sustentados en informes periodísticos y otros elementos probatorios.
Específicamente, según la denuncia, Otárola habría concertado ilícitamente con dos directivos de Devida para que la señora Rosa Rivera Bermeo, persona de su entorno cercano, sea favorecida irregularmente con dos órdenes de servicio en esa entidad.
El informe concluyó que no se puede acreditar fehacientemente la supuesta instigación del delito contra la administración pública y, además, el Ministerio Público no ha presentado evidencia adicional al respecto. Además, se concluyó que no se ha acreditado vinculación directa con la mencionada trabajadora.
INFORMES DE CALIFICACIÓN
Seguidamente, la subcomisión declaró improcedentes nueve denuncias, de acuerdo con las
recomendaciones de igual número de informes de calificación.
El primero es el que corresponde a la Denuncia Constitucional 601, formulada por Delia
Espinoza Valenzuela, en su entonces condición de fiscal de la Nación, contra el defensor del Pueblo Josué Gutiérrez Cóndor, por la posible comisión del delito de nombramiento ilegal, tipificado en el artículo 381 del Código Penal.
A Gutiérrez Cóndor se le acusó de haber nombrado a María del Carmen Olórtegui Risco como jefa en la oficina defensorial en La Libertad, en forma ilegal, por no contar con experiencia calificada exigida por la ley. Informe propuso que la denuncia es improcedente. Fue aprobado por unanimidad: 11 votos.
El segundo corresponde a la Denuncia Constitucional 620, formulada por la exfiscal de la Nación Delia Espinoza Valenzuela, contra el expresidente de la República Pedro Castillo Terrones, los exministros de Estado Jorge Prado Palomino, Francisco Silva Villegas y Betssy Chávez Chino, y 24 congresistas de diversas bancadas.
Por la posible comisión de los delitos contra la tranquilidad pública, en la modalidad de organización criminal, delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada, tráfico de influencias agravado, cohecho pasivo impropio y negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo.
A Castillo Terrones se le acusó de haber liderado una organización criminal, la misma que habría tenido “brazos”, entre ellos, un “brazo congresal”; las operaciones se realizaron a través de algunos asesores presidenciales que establecieron contactos con los mencionados congresistas a cambio de prebendas en el Ejecutivo.
Informe rechazó el término de organización criminal y recomendó admitir a trámite, por procedente, en ciertos extremos a Castillo Terrones, los ministros de Estado y tan solo a 10 congresistas. Fue rechazado de plano con 3 votos a favor, 5 votos en contra y cero abstenciones.
Luego, el congresista Elvis Vergara Mendoza (bancada AP) solicitó el archivo de todo el expediente. El pedido fue aprobado por mayoría: 7 votos a favor, 1 voto en contra y cero abstenciones.
El tercer informe corresponde a la Denuncia Constitucional 642, formulada por Delia
Espinoza Valenzuela, en su entonces condición de fiscal de la Nación contra la fiscal suprema Patricia Benavides Vargas, por la posible comisión de los delitos de cohecho pasivo específico, abuso de autoridad y encubrimiento personal.
Informe recomienda declarar improcedente. Aprobado por mayoría: 9 votos a favor, 1 voto en contra y cero abstenciones.
El cuarto informe corresponde a la Denuncia Constitucional 688, formulada por la ciudadana Zaira Arias Berrocal, contra el presidente del Congreso (e) Fernando Rospigliosi Capurro, por presunta infracción constitucional y la posible comisión de los delitos de difamación,
discriminación, abuso de autoridad y omisión de actos funcionales.
Se le acusó de haber omitido el ejercicio de sus funciones al no haber dispuesto que la ciudadana asuma el cargo dejado libre por el congresista Guillermo Bermejo Rojas al haber sido detenido por presuntos delitos. Se declaró improcedente en todos sus extremos. Aprobado por mayoría: 9 votos a favor, 1 voto en contra y cero abstenciones.
El quinto corresponde a la Denuncia Constitucional 695, formulada por la congresista Ruth Luque Ibarra, contra el defensor del Pueblo Josué Gutiérrez Cóndor, por la presunta infracción a los artículos 39, 55, 103, 118.11, 162 de la Constitución.
Se le acusó de haber incurrido en diversas irregularidades, como por ejemplo en la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia. Se declaró su improcedencia. Se aprobó por unanimidad: 9 votos.
El sexto corresponde a la Denuncia Constitucional 696, formulada por el fiscal de la Nación Tomás Gálvez Villegas, contra la congresista Elizabeth Medina Hermosilla (bancada SP), por la posible comisión del delito de cohecho pasivo impropio.
Se le acusó de que el conviviente de la congresista solicitó a un alcalde distrital de Molino el 6 por ciento de un proyecto de inversión pública. Se recomendó su improcedencia. Aprobado por unanimidad: 10 votos.
El séptimo corresponde a la Denuncia Constitucional 697, formulada por el fiscal de la Nación Tomás Gálvez Villegas, contra el congresista Luis Cordero Jon Tay (bancada APP), por la posible comisión del delito de concusión.
Se le acusó de haber recortado la remuneración de uno de sus colaboradores en varias
oportunidades a través de un intermediario. Se recomendó su improcedencia. Aprobado por unanimidad: 8 votos.
El octavo corresponde a la Denuncia Constitucional 708 formulada por el ciudadano Félix Ochatoma Paravicino, contra el congresista Carlos Zeballos Madariaga (bancada BDP), por la presunta comisión del delito de falsedad ideológica y falsedad genérica.
Se le acusó de haber insertado datos falsos en documentos oficiales en la Universidad Andina Nestor Cáceres Velaquez. Se recomendó su improcedencia. Aprobado por unanimidad: 10 votos.
El noveno corresponde a la Denuncia Constitucional 712, formulada por el congresista Héctor Acuña Peralta (bancada HyD) contra los exministros de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Francisco Whittembury Talledo y Alejandro Sifuentes Quilcate, ambos por presunta infracción constitucional, así como la presunta comisión de los delitos de función de nombramiento ilegal de cargo y omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
Se les acusó de tener responsabilidad en el irregular nombramiento como presidente del directorio de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad (Sedalib S.A.) a Eduardo Sánchez Romero. Se recomendó su improcedencia. Aprobado por unanimidad: 10 votos.
Finalmente, Lady Camones Soriano delegó en la congresista Ana saboya Zegarra (bancada SP) la Denuncia Constitucional 375.
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL
