En Subcomisión de Control Político

Aprueba informes sobre decretos de urgencia, legislativos y que dictan estado de emergencia

Centro de Noticias del Congreso

15 May 2024 | 10:09 h

La Subcomisión de Control Político, que preside la congresista Patricia Juárez Gallegos (FP), aprobó los informes de constitucionalidad y legalidad de diversos decretos de urgencia, decretos legislativos y decretos supremos de estados de emergencia.

DECRETOS DE URGENCIA

Por unanimidad, se aprobaron los informes de 4 decretos de urgencia que cumplen con los con los requisitos formales y sustanciales establecidos en la Constitución Política del Perú y el Reglamento del Congreso, así como con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Respecto a los decretos que contienen transferencia de partida autorizadas, estas se encuentran justificadas por las consecuencias que justificaron la expedición de las normas, indicó Patricia Juárez en la sesión.

Del mismo modo, por mayoría, se aprobaron dos decretos urgencia. Una de ellos es el informe recaído en el Decreto de Urgencia 004-2024, que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera destinadas a garantizar la continuidad del abastecimiento de combustibles y el desarrollo de las actividades económicas a nivel nacional y hacer más eficiente la gobernanza de la empresa Petróleos del Perú S.A., que fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de febrero de 2024.

También, por unanimidad, se aprobó el informe respecto a 79 decretos de urgencia del año 2020, que tienen plazos de vigencia concluidos. Al respecto, se recomendó su archivamiento por sustracción de la materia, debido a la “inexistencia del objeto de análisis” ya que son normas que existen.

DECRETOS LEGISLATIVOS

En otro momento, por unanimidad, se aprobó el informe respecto al Decreto Legislativo 1454, que modifica los artículos 2, 3, 3-A, 4, 5, 9, 11 y 17 de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de setiembre de 2018. Asimismo, sobre el Decreto Legislativo 1618, que actualiza la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, publicado el 21 de diciembre de 2023.

Al respecto, se indicó que estos decretos cumplieron con los plazos establecidos para su publicación y para dar cuenta al Congreso. Del mismo modo, no contravienen la Constitución y se enmarcan dentro de las normas y principios constitucionales.

“Por lo expuesto, sí cumplen con lo dispuesto en los artículos 101 y 104 de la Constitución y el artículo 90 del Reglamento del Congreso, y se enmarca en las facultades delegadas por el Congreso al Ejecutivo mediante las mencionadas leyes autoritativas”, destacó Juárez.

Luego, por unanimidad, se aprobaron los informes de 2 decretos supremos de estado de emergencia, entre ellos, el Decreto Supremo 030-2024-PCM, que prorroga el estado de emergencia en el distrito de Chalhuanca de la provincia de Aymaraes del departamento de Apurímac, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de marzo de 2024.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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