ANALIZAN PROPUESTA DE NUEVO RÉGIMEN DE PENSIONES PARA CONSTRUCCIÓN CIVIL

Centro de Noticias del Congreso

13 Dic 2018 | 11:23 h

La congresista Indira Huilca organizó una Mesa de Trabajo para analizar el anteproyecto de la ley que establece los requisitos para el otorgamiento de pensiones de jubilación para los trabajadores de régimen laboral especial de construcción civil en el sistema de pensiones.

En su intervención la parlamentaria señaló que existe una situación diferente en el régimen laboral de construcción civil, que tiene un conjunto de protecciones de carácter temporal, en materia de seguridad social. Por ello, agregó, el objetivo es elaborar nuevos requisitos para renovar el sistema en beneficio de los trabajadores de este gremio.

Subrayó que actualmente existe una situación de desmejora que se debe corregir con una iniciativa legislativa. “El anteproyecto que elaboramos, hace hincapié para acceder a una justa jubilación”, acotó.

Explicó que se podría analizar establecer una remuneración como pensión básica para los trabajadores. “El anteproyecto no deja de lado los ajustes y cambios para ver de manera diferenciada la labor de los trabajadores de construcción civil”, argumentó.

Adelantó que en el anteproyecto se refuerza en los antecedentes, el alto riesgo para la salud y la vida, y la eventualidad en la aportación. Un trabajador administrativo puede aportar por 20 años, pero un trabajador de construcción civil, por el mismo periodo, no podría por la corta duración de las obras y periodos de para de las mismas. “Esos 20 años de aportaciones, las podría hacer, pero en 30 años de aportaciones”, añadió.

Huilca dijo que debería acreditar un mínimo de 15 años de aportaciones y la edad mínima de jubilación a los 55 años. También que los años de aporte y record laboral, sea de 10 años demostrados como mínimo, así como una pensión equivale al 50% de la remuneración de referencia del trabajador de construcción civil.

Reveló que actualmente no pueden fiscalizarse los aportes de los trabajadores una vez que se le hace el descuento porque las empresas a veces son muy temporales. Una empresa de construcción hace una obra, y luego otra con diferente razón social.

La congresista también señaló que un trabajador de construcción civil a partir de los 55 a 60 años, ya no va ser contratado, y que por ello empiezan su labor muy jóvenes, entre los 18 a 20 años, y a partir de esa edad van a aportar. Por ello, indicó, no se puede exigir que su jubilación se dé recién a los 65 años, como cualquier otro trabajador que cumple una labor totalmente diferente, y que no se considere el nivel de temporalidad que tienen las obras.

En la Mesa de Trabajo también intervino Félix Rosales Gutiérrez, dirigente de la Federación de Trabajadores de Construcción Civil (FTCCP), quien señaló que el panorama es complicado para los que están próximos a jubilarse, si continúan bajo este ley que se reguló en los años noventa.

Coincidió en que las obras son temporales y que con los avances tecnológicos en el rubro, el tiempo se ha acortado a menos meses. “El estado de salud de los trabajadores de construcción civil se ésta deteriorando y muchos ya no están aptos para trabajar y menos acumular los años que se requieren para jubilarse”, insistió.

Oscar Churata Quispe, asesor legal de la FTCCP, sostuvo que muchos trabajadores no llegan a reunir los 20 años de aportaciones. “No cuentan con los documentos y no pueden acreditar sus años de trabajo. Esos documentos que debería tenerlo la ONP”, agregó.

“Es injusto que personas que aportaron durante 15 a 16 años, pero no los 20 años que se requiere, no puedan jubilarse”, enfatizó.

José Ubillus Segura, otro dirigente del FTCCP, manifestó que solo se benefician los grupos de poder con las leyes existentes, “por eso la masa laboral de construcción civil es maltratada”.

A su turno, Luis Castillo Paulino, especialista en materia de seguridad social, manifestó que existen una serie de restricciones para el trabajador de construcción civil para ingresar al sistema nacional de pensiones. Informó que la ONP tiene como 100 mil procesos judiciales de trabajadores de construcción civil al denegar validez a los medios de pruebas del empleador. (JCHOY)

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