Analizan propuesta de Autoridad Nacional de Integridad Pública

Centro de Noticias del Congreso

21 Abr 2023 | 23:14 h

Aspectos vinculados a una propuesta que plantea la creación de la Autoridad Nacional de Integridad Pública, fueron analizados el viernes 21 en una Mesa Técnica, bajo la conducción del legislador Hernando Guerra García Campos (FP) presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento.

Se dio a conocer que el proyecto de ley N° 709/2021, autoría de la legisladora Lady Camones Soriano (APP) quien señaló que la iniciativa de ley tiene por objeto modificar la Constitución, para crear la Autoridad Nacional de Integridad Pública, como organismo rector del Sistema Nacional de Integridad Pública, Transparencia y Ética Pública.

“Nuestra sociedad viene atravesando serias deficiencias en temas de integridad, honestidad y otros valores que no ayudan a desarrollar su futuro como tal. Hay efectos nocivos como la corrupción de funcionarios con mucha incidencia que representa el segundo problema de más importancia en nuestro país en los últimos 20 años. Por ello, planteamos para crear la Autoridad Nacional de Integridad Pública, como organismo rector del Sistema Nacional de Integridad Pública, Transparencia y Ética Pública”, consideró la parlamentaria.

La iniciativa propone la incorporación del artículo 41-A en la Constitución Política del Perú, señalando que dicha instancia es una entidad descentralizada de derecho público que goza de autonomía e independencia conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Integridad, Transparencia y Ética Pública, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de integridad y transparencia, orientado a incrementar los estándares de probidad en el Estado y reducir la incidencia de prácticas contrarias a la ética en la Administración Pública.

También establece que el jefe/a de la Autoridad Nacional de Integridad Pública, es elegido/a y removido/a por el Congreso con el voto de los dos tercios de su número legal. Goza de las mismas prerrogativas que los congresistas.

Para ser elegido/a jefe/a de la Autoridad Nacional de Integridad Pública, se requiere haber cumplido cuarenta y cinco años y ser abogado/a. El cargo dura cinco años y no está sujeto a mandato imperativo. Tiene las mismas incompatibilidades de los vocales supremos.

El/la jefe/a de la Autoridad Nacional de Integridad Pública presenta informe al Congreso una vez al año, y cada vez que éste lo solicita. Tiene iniciativa en la formación de leyes.  Por ley orgánica se regula la estructura del Sistema Nacional de Integridad, Transparencia y Ética pública, así como la organización y funcionamiento de la Autoridad Nacional de Integridad Pública, entre otros aspectos vinculados a dicha iniciativa de ley.

Durante la reunión de trabajo, participó Roberto De Michele, jefe de la División de Capacidad Institucional del Estado del Banco Interamericano de Desarrollo; Frédéric Boehm economista y analista de políticas públicas, División de Integridad Pública, OCDE.

De igual forma, Susana Silva Hasembank, Adjunta de Lucha contra la Corrupción, Transparencia y Eficiencia del Estado de la Defensoría del Pueblo; Eduardo Lazarte Molina, Asociación Civil Integridad por el Perú y Eduardo Herrera Velarde, director ejecutivo del Consejo Privado Anticorrupción-CPA, quienes dieron a conocer sus aportes y puntos de vista sobre el proyecto de ley en mención.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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