Aprueban por insistencia reducción de plazo para salir de ‘lista negra’ de centrales de riesgo

08 Abr 2025 | 17:06 h

  • Comisión de Defensa del Consumidor
  • Se actualizará registro negativo en menos de diez días, afirma Luna Gálvez.
  • Dictamen favorece a pequeños empresarios, emprendedores y familias de clase media, dice.

La Comisión de Defensa del Consumidor aprobó por unanimidad el dictamen por insistencia que incorpora el procedimiento de regularización y corrección de información de los consumidores en las centrales de riesgos, con el fin de garantizar el respeto de los derechos de los usuarios y titulares de la información.

El dictamen, puesto en agenda de la Comisión a pedido del congresista José Luna Gálvez, uno de los autores de la propuesta, incorpora los artículos 13 y 14 a la Ley 28587, Ley Complementaria a la Ley de Protección al consumidor en materia de servicios financieros y modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Luna Gálvez sostuvo que los peruanos sufren una situación insostenible en cuanto aparece su nombre en el registro negativo de las centrales de riesgo, pues esta impacta en el historial crediticio: dificulta y encarece los créditos y genera graves problemas de salud mental.

“Las prácticas de las centrales de riesgos, muchas veces excesivas y abusivas, impactan directamente a los emprendedores, los micro y pequeños empresarios y a la clase media, pues hace más difícil acceder a recursos y capital”, señaló el líder de Podemos Perú.

El objetivo, dijo, es proteger a quienes cumplen con sus obligaciones de los posibles excesos de las centrales de riesgo, como Equifax (antes Infocorp) y Sentinel, entre otros”, indicó.

“No se busca favorecer a los morosos habituales ni fomentar la cultura del ‘perro muerto’, sino “proteger al ciudadano que debió enfrentar problemas económicos, pero cumplió sus obligaciones”, indicó.

Explicó que el dictamen que debe ser debatido en el pleno, señala que, cuando un deudor regulariza el pago de la deuda y queda al día en sus obligaciones, la entidad financiera, a solicitud del deudor y en un plazo de siete días hábiles, debe emitir una constancia de la regularización de la deuda.

Asimismo, dijo, en el mismo plazo informa del pago a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), para que sea registrado en la Central de Riesgos en el siguiente reporte.

El documento de la entidad financiera, junto con el reporte enviado por la SBS a las empresas del sistema financiero, actualiza la información registrada en la central de riesgo a efectos de no afectar más la evaluación crediticia del cliente, explicó.

El acreedor deberá informar en los plazos previstos en la normativa a las centrales de riesgo a las que reportó al deudor moroso, en el momento en que este haya cancelado su obligación.

“El consumidor tiene derecho a la actualización de su registro en una central de riesgo, en un plazo no mayor de dos días hábiles contados desde que la central recibe la información pertinente que le permita efectuar la actualización”, dijo.

DESPACHO CONGRESAL

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