Pleno aprueba dictamen crear la Universidad Nacional de América Ludovico Bertonio en Puno
Centro de Noticias del Congreso
19 Mar 2026 | 21:38 h
El Pleno del Congreso aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 9471, 9715, 9949, 10983 y 11371, que plantea la creación de la Universidad Nacional de América Ludovico Bertonio (Unalbe), con personería jurídica de derecho público interno, con sede en el distrito de Juli, de la provincia de Chucuito del departamento de Puno.
Según la propuesta, la universidad estará conformada por departamentos académicos, escuelas profesionales, unidades de investigación y unidades de postgrado, que serán aprobados al momento de establecer su régimen académico, los cuales tendrán como finalidad alcanzar lo establecido en la Ley 30220, Ley Universitaria.
La casa de estudios se constituye como pliego presupuestal y se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que transfiera las partidas con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación.
La Universidad Nacional de América Ludovico Bertonio (Unalbe) ofrecerá las siguientes facultades: Ingeniería y Tecnología, Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas de Turismo y Hotelería.
El legislador Segundo Montalvo Cubas, de la bancada de Perú Libre y presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, dijo que el Estado debe proporcionar el servicio de educación a todos los ciudadanos, con el fin de crear iguales oportunidades de acceso a la educación.
“La importancia del derecho a la educación reside en su íntima relación con la mejora en las condiciones de vida de los individuos, mediante el ejercicio de su libertad de elección y autonomía”, dijo.
Los congresistas Flavio Cruz Mamani (PL), Carlos Zeballos Madariaga (BDM), Guido Bellido Ugarte (PP) y Jorge Flores Ancahi (APP) se mostraron a favor de la propuesta y señalaron que los jóvenes tendrán la posibilidad de continuar su educación superior.
La representación nacional decidió su voto con 75 a favor, uno en contra y cinco abstenciones. La propuesta será materia de segunda votación transcurrido los siete días calendarios.
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