PLENO RETOMARÁ HOY REFORMA DEL ARTÍCULO 93 DE LA CONSTITUCIÓN
Centro de Noticias del Congreso
24 Jul 2019 | 19:56 h
El presidente del Congreso, Daniel Salaverry, decidió suspender la sesión vespertina del Pleno (6:42 pm) para reiniciarla hoy jueves a las 10 horas porque no habían las condiciones adecuadas para la continuación de la sesión y por los incidentes verbales habidos entre algunos congresistas.
En ese momento se debatía el proyecto sobre la reforma constitucional del artículo 93 de la Carta Política, referido a la inmunidad parlamentaria y luego de fueran expuestos un dictamen en mayoría y otro en minoría.
La legisladora Rosa María Bartra (FP), presidenta de la Comisión de Constitución, explicó las modificaciones constitucionales referentes a la inmunidad parlamentaria (Proyecto de Ley 4580/2018-CR). La norma propuesta señala que «los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. Desde el acto de su elección y hasta un mes después de haber cesado en el cargo (…) La inmunidad parlamentaria garantiza el funcionamiento del Congreso y el ejercicio de la función congresal. Los congresistas, desde el acto de su elección hasta un mes después de cesar en funciones, no pueden ser procesados penalmente o privados de su libertad sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente”.
Se establece además, que en caso de flagrante delito, el congresista es puesto a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas siguientes a su arresto a fin de que se autorice o no la continuación de la detención y del proceso penal correspondiente. La elección de un congresista no suspende ni paraliza los procesos penales iniciados antes de su candidatura. La sentencia firme emitida en estos procesos se ejecuta de la misma forma que el levantamiento de inmunidad por arresto en flagrante delito. La Corte Suprema solicita la autorización referida en el presente artículo de acuerdo con los requisitos establecidos en la ley”.
El informe en minoría fue sustentado por el legislador Alberto Quintanilla (Nuevo Perú) y en esta se considera, principalmente, el rol principal de la Corte Suprema. Dice que en caso de ser detenido un congresista por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la República, con conocimiento del Fiscal de la Nación.
No es necesario el levantamiento de inmunidad para la detención o continuar con el juzgamiento de un congresista por los procesos iniciados antes de su elección. En tales casos, no se requiere pronunciamiento alguno de la Corte Suprema de Justicia de la República o del Congreso.
Los procesos penales contra congresistas que se deriven del levantamiento de la inmunidad parlamentaria o de la comisión de delito flagrante son de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia.
En resumen, señala que se deja en manos de la Corte Suprema de Justicia el juzgamiento de un congresista por los procesos iniciados antes de su elección. Se hace la consideración que la división de poderes en nuestra Constitución le dan igual peso político a los tres poderes del Estado.
Para la legisladora Marisa Glave, la propuesta en mayoría no solo vuelve a proteger la inmunidad parlamentaria tal como se da actualmente, sino que le da mayores prerrogativas a los legisladores electos que vienen con una “mochila judicial”.
PRENSA CONGRESO