Ingresa una tercera moción de vacancia contra la presidenta Dina Ercilia Boluarte Zegarra

Centro de Noticias del Congreso

09 Oct 2025 | 18:58 h

A las 5.22 p.m. ingresó al Área de Trámite Documentario del Congreso de la República, la Moción de Orden del Día 19771, la tercera presentada en las últimas horas, suscrita por congresistas de distintas bancadas, que plantea declarar la permanente incapacidad moral de Dina Ercilia Boluarte Zegarra, “conforme a los fundamentos de hecho expuestos”, según el primer artículo del documento en mención.

El artículo segundo de la moción acuerda “declarar la vacancia de la presidencia de la república en la persona de doña Dina Ercilia Boluarte Zegarra, en aplicación del artículo 113, numeral 2, de la Constitución Política del Perú y, en consecuencia, la aplicación artículo 115 de la Constitución que regula la sucesión presidencial».

La moción cuenta con 28 firmas de congresistas de los grupos parlamentarios Juntos Por el Perú-Voces del Pueblo-Bloque Magisterial de Concertación Nacional (JP/VP/BM), Podemos Perú, Renovación Popular y Bloque Democrático Popular.

Entre las razones para la vacancia presidencial, la moción sostiene que, “la inacción de la presidenta Boluarte frente al incremento del crimen organizado, la extorsión y el sicariato demuestra una grave omisión en la protección de estos derechos fundamentales. Las cifras de criminalidad han escalado sin una estrategia efectiva que permita reducir el impacto de estos delitos».

“La presidenta Boluarte ha fallado en su deber de garantizar la seguridad y el orden interno, lo que demuestra su falta de idoneidad para seguir ejerciendo el cargo”, se lee en la moción.

PROCEDIMIENTO
El procedimiento para el pedido de vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución está establecido en el artículo 89-A del Reglamento del Congreso.

El inciso a) señala que esta “tiene preferencia en el Orden del Día y es vista antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda. Recibido el pedido, copia del mismo se remite, a la mayor brevedad, al Presidente de la República».

Además, señala que “para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de Congresistas hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción”.

El inciso c) refiere que “el Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, salvo que cuatro quintas partes del número legal de Congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial. El Presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos”.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

ver más

Relacionados

José Jerí Oré asume como presidente de la república tras la vacancia de Dina Boluarte

10 Oct 2025 | 1:12 h

A la una de la madrugada de hoy, tras una intensa y ardua jornada, José Enrique Jerí Oré juró...

Leer más >
  • Compartir

Pleno rechazó moción de censura contra la Mesa Directiva integrada por José Jerí

10 Oct 2025 | 1:01 h

Con 61 votos en contra, 36 a favor y 17 abstenciones, el Pleno del Congreso rechazó la Moción de...

Leer más >
  • Compartir