Congresista Wilson Soto Palacios presenta Proyecto de Ley 06776/2023-CR

08 Ene 2024 | 16:26 h

  • Propone destituir a magistrados que concedan libertad a personas vinculadas con el terrorismo, sicariato, extorsión, narcotráfico, lavado de activos, feminicidio, violación sexual u otros delitos graves.

El congresista de la República de Acción Popular por Huancavelica, Wilson Soto Palacios, presentó hoy, 08 de enero del 2024, el Proyecto de Ley 06776/2023-CR, el cual busca modificar el Artículo 48 de la ley 9277 Ley de la Carrera Judicial e incluir como falta grave pasibles de destitución a los magistrados que concedan libertad a personas vinculadas con el terrorismo, sicariato, extorsión, narcotráfico, lavado de activos, feminicidio, violación sexual u otros delitos graves, con la finalidad de fortalecer la administración de justicia y la legitimidad del Poder Judicial.

Al respecto el congresista manifestó que “la responsabilidad de la administración de justicia penal en nuestro país se compone principalmente por el Poder Judicial, Ministerio Público y Policía Nacional del Perú. Sin embargo, existe la percepción de que, a pesar de los esfuerzos de la PNP, algunos magistrados y fiscales del Poder Judicial y Ministerio Público no contribuyen de manera efectiva en la lucha contra la delincuencia, permitiendo la excarcelación o liberación de delincuentes peligrosos.”

En consecuencia, el PL de ley plantea que, si tanto las autoridades como la población en general identifican la inseguridad como una de las principales preocupaciones que afectan la tranquilidad nacional, resulta razonable que las acciones de un magistrado del Poder Judicial que conduzcan a la liberación de delincuentes capturados sean consideradas como una falta grave, sin menoscabar el debido proceso penal correspondiente.

Finalmente, el congresista indicó que “la implementación de esta disposición legal incentivará a los magistrados del Poder Judicial a ejercer una revisión rigurosa de sus decisiones, con el objetivo de prevenir que delincuentes con antecedentes penales reincidan en actividades ilícita y perturben el orden público.

 

Lima, 8 de enero de 2024

DESPACHO CONGRESAL

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