Se aprueba proyecto de congresista Norma Yarrow que frena la construcción ilegal de embarcaciones pesqueras

Yarrow Lumbreras, Norma Martina

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29 Nov 2023 | 15:02 h

La Comisión de Justicia y DD HH aprobó un proyecto de ley, de autoría de la congresista Norma Yarrow, que frena la construcción ilegal de embarcaciones pesqueras, mediante la incorporación de un nuevo artículo en el Código Penal que tipifique como delito los actos orientados a esta actividad como facilitadores del delito de extracción y procesamiento ilegal de especies acuáticas.
La iniciativa, de autoría de la congresista Norma Yarrow (Avanza País) fue aprobada por mayoría, contando con 19 votos a favor y una abstención.

“El dictamen aprobado incorpora el artículo 308-E, en el Código Penal, indicando que quien infringiendo las leyes y reglamentos, construye o hace construir una embarcación pesquera, durante periodos de prohibición o sin contar con la autorización respectiva de la autoridad competente, o modifica su capacidad de bodega sin contar con la autorización respectiva, será reprimido con pena privativa de libertad no menos de tres ni mayor de cinco años”, explicó la parlamentaria.

Asimismo, “la misma pena será aplicable para el que, infringiendo las leyes y/o reglamentos, adquiere, almacena, custodia, o transporta una embarcación pesquera, conociendo o pudiendo conocer que no cuenta con certificado válido o que ha sido construida o modificada, durante periodos de prohibición o sin contar con la autorización respectiva”, agregó.

Yarrow Lumbreras advirtió que “la pesca ilegal es un problema de alcance mundial que mueve cerca de US$25 mil millones al año, y en Perú representa alrededor de S/.1,400 millones anuales”.
“Más grave aún, la construcción ilegal de embarcaciones es un incentivo para la comisión de otros delitos como la corrupción de funcionarios para obtener matriculas y permisos de pesca fraudulentos o para evitar la fiscalización», subrayó.

Del mismo modo, esa pena será aplicable para quien “facilita la comisión de este delito mediante el financiamiento, provisión de materiales, equipos o maquinaria, para la construcción o modificación de una embarcación pesquera durante periodos de prohibición o a sabiendas que no cuenta con la autorización respectiva de la autoridad competente».

“También se ha dispuesto que el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Defensa, deberán publicar en sus portales institucionales todos los títulos habilitantes otorgados a embarcaciones pesqueras y astilleros hasta la fecha de publicación de la presente Ley, según corresponda”, concluyó.

DESPACHO DE LA CONGRESISTA NORMA YARROW LUMBRERAS

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