Acusada por supuesto recorte de sueldo a sus trabajadores

Aprueban dar trámite a denuncia contra congresista Heidy Juárez Calle

Centro de Noticias del Congreso

26 Abr 2023 | 21:34 h

La Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales (SCAC), aprobó, en forma unánime, declarar procedente el trámite de la denuncia constitucional interpuesta contra la congresista Heidy Lisbeth Juárez Calle (PP), por la presunta comisión del delito de concusión debido al supuesto recorte de sueldo a sus trabajadores.

Se trata de la denuncia presentada por el ciudadano José Benel Alvarado Rojas, que la congresista María del Carmen Alva Prieto (AP) hizo suya y, que, además, amplió por presunta infracción a la Constitución.

De acuerdo al Informe de Calificación (IC) preparado por el equipo técnico de la SCAC, un medio de comunicación informó de supuestos cobros ilegales y donaciones extraordinarias a cuatro extrabajadores quienes testimoniaron los hechos.

Para los efectos de la procedencia de la Denuncia Constitucional N° 357, se señaló que cumple con los requisitos exigidos para la procedibilidad establecidos en el artículo 89 del Reglamento del Congreso.

Con relación a la acusación de infracción constitucional, el IC, indica, entre otros, que se habría vulnerado el derecho a la dignidad de la persona, el derecho al trabajo, además de haber usado presuntamente el cargo para fines particulares.

Después de la votación, que fue unánime a favor de la procedencia, se dio lectura a un oficio enviado por la congresista Juárez Calle en el que solicita la inhibición en el caso, de la presidenta de la SCAC, Lady Camones Soriano (APP) por supuestamente haber adelantado opinión.

Por su lado, Camones Soriano, aclaró no haber adelantado opinión, sujetarse al Reglamento, y no haber tenido injerencia alguna en el caso, luego de lo cual rechazó las acusaciones y advirtió que en el Reglamento del Congreso no existe la figura de inhibición.

IMPROCEDENCIA

Antes, la SCAC declaró improcedente varias denuncias constitucionales, por no cumplir con los criterios de admisibilidad, establecidos en el artículo 89 del Reglamento del Congreso, que señala que la persona que formula la denuncia debe ser la agraviada por los hechos o conductas que se denuncian.

Que se refieran a hechos que constituyan infracción de la constitución y/o delitos de función previstos en la legislación penal; que si a la persona denunciada le corresponde o no la prerrogativa funcional del antejuicio.

En ese sentido, las denuncias constitucionales, siguientes fueron consideradas improcedentes:

La del ciudadano Víctor Manuel Otoya Petit, contra el expresidente de la República, Martín Alberto Vizcarra Cornejo, y los exministros de Estado, María Antonieta Alva Luperdi y Walter Roger Matos Ruiz; por la presunta infracción; la formulada por el ciudadano Luis Alberto Carrasco García, contra los exmiembros del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma Narváez y Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada, y Eloy Espinoza Saldaña Barrera: y contra el expresidente del Congreso de la República, Manuel Merino De Lama; por la presunta comisión de los delitos de Usurpación de la Función Pública.

Así también la del ciudadano Víctor Manuel Otoya Petit, contra el expresidente de la República, Francisco Rafael Sagasti Hochhausler y la expresidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez Valdivia.

La presentada por el ciudadano, Juan Ubaldo Valdivia Gonzáles, contra el expresidente de la República José Pedro Castillo Terrones, por la presunta infracción constitucional del artículo 175.

Finalmente, fueron aprobadas las delegaturas para la investigación de algunas denuncias constitucionales. El caso de la acusación contra la congresista María Cordero Jon Tay (FP) formulada por la congresista Martha Moyano Delgado (FP) fue encargada a la legisladora Susel Paredes Piqué (NA) y el del congresista Juan Burgos Oliveros (NA) contra el expresidente Francisco Sagasti Hochhausler, a la congresista María Jáuregui Martínez de Aguayo (RP).

Así también la denuncia constitucional interpuesta por el Fiscal de la Nación, de ese momento, Pablo Sánchez Velarde, en contra del excongresista Orestes Pompeyo Sánchez Luis, al congresista Flavio Cruz Mamani (PL).

OFICINA DE COMUNICACIONES

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