En Comisión de Educación, Juventud y Deporte

Aprueban dictamen para establecer base remunerativa de auxiliares de educación

Centro de Noticias del Congreso

11 Abr 2023 | 20:13 h

La Comisión de Educación, Juventud y Deporte, presidida por Gladys Echaíz de Núñez Izaga (RP) aprobó por unanimidad de  trece  votos, el dictamen que establece la base remunerativa de los auxiliares de educación.

La iniciativa se sustenta en los proyectos de ley 1003/2021, 1692/2021, 1717/2021, 3222/2022, 4048/2022, 4267/2022 y 4455/2022, y propone la ley que modifica la Ley 30493, estableciendo la base remunerativa de los auxiliares de educación.

De acuerdo con Echaíz de Núñez Izaga, la propuesta plantea que las remuneraciones de los auxiliares de educación estén vinculadas a la de los profesores de la primera escala de la ley de la reforma; esta vinculación va de 80 a 100% y depende de si el auxiliar está estudiando pedagogía, o se ha licenciado como profesor.

Seguidamente, informó que más del 80 por ciento de los auxiliares de la educación, entre nombrados y contratados, cuenta con título pedagógico; sin embargo, su remuneración no está acorde con la compleja labor que desempeñan en la formación integral de los estudiantes.

La propuesta contiene un único artículo y este modifica el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley 30493, Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial.

En dicho numeral, se agrega un párrafo:

“(…). “El monto de la remuneración mensual de los auxiliares nombrados y contratados no puede ser menor al ochenta por ciento (80%) de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) prevista para la primera escala magisterial regulada en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial.

En el debate intervinieron los congresistas Alex Paredes Gonzales (BMCN) Segundo Quiroz Barboza (BMCN) Flavio Cruz Mamani (PL) Mery Infantes Castañeda (FP) Paul Gutiérrez Ticona (BMCN) Noelia Herrera Medina (RP) Karol Paredes Fonseca (AP) Waldemar Cerrón Rojas (PL) y Guido Bellido Ugarte (PB).

La propuesta original planteaba que el porcentaje sea de 70%; el primero de los congresistas mencionados planteó elevarlo a 80%, sugerencia a la que se sumaron otros legisladores. Al final del debate la titular de la comisión aceptó dicha propuesta.

NOMBRAMIENTO DE DOCENTES

En seguida, la Comisión de educación aprobó dos dictámenes.

El primero, fue el que propone la Ley que dispone el nombramiento extraordinario de los docentes contratados y la convocatoria a concurso para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial de los docentes de la modalidad de educación técnico-productiva, el mismo que se sustenta en los proyectos de ley 2594/2021, 2636/2021 y 4343/2022

La iniciativa obtuvo la aprobación unánime, de trece votos.

Esta iniciativa, en su primer artículo, autoriza al Ministerio de Educación, de manera extraordinaria, a realizar el nombramiento de los docentes contratados en los Centros de Educación Técnico Productiva, a nivel nacional, en plazas orgánicas vacantes.

En el mismo artículo establece que los docentes son nombrados cuando acrediten:

“a. Cumplir con los requisitos generales y específicos establecidos en el artículo 18 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial. Con relación al requisito de contar con el título de profesor o licenciado en educación el docente puede, alternativamente, acreditar título de segunda especialidad técnica o título universitario o título profesional técnico o en áreas técnicas o afines.

“b. Haber tenido contrato como docente en la modalidad técnico-productiva, no menor de 50 meses, continuos o interrumpidos, a la entrada en vigencia de la presente ley.

Los docentes que son nombrados ingresan a la primera escala de la Carrera Pública Magisterial, conforme lo establece la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial”.

Su siguiente artículo define que el Ministerio de Educación, “terminado el proceso de nombramiento a que se refiere el artículo 1 de la presente ley, convoque a concurso para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial de los docentes de la modalidad de educación técnico-productiva, en el marco del artículo 17 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, a fin de cubrir todas las plazas orgánicas vacantes de dicha modalidad, a nivel nacional, en el año escolar 2024”.

El segundo dictamen aprobado, por unanimidad de diez  votos, fue el recaído en los proyectos de ley 3716/2022, 4298/2022 y 4590/2022, que propone la ley que modifica los artículos 1, 2, 3 y 4 y la segunda disposición complementaria final de la Ley 29659, Ley que crea la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, a fin de preservar su autonomía universitaria conforme a lo dispuesto en la Ley 30220, Ley Universitaria.

VUELVE A COMISIÓN

De acuerdo con la orden del día de la comisión, debió debatirse y aprobarse el predictamen recaído en los proyectos de ley 368/2021, 1931/2021, 2339/2021, 2619/2021 y 3747/2022, que propone la ley que modifica la Ley 30220, Ley Universitaria, y la Ley 27942, Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual, a fin de fortalecer la investigación y la sanción del hostigamiento sexual en las universidades.

El dictamen consideraba un texto sustitutorio favorable; sin embargo, la titular del grupo de trabajo informó que la congresista Sigrid Bazán Narro (CD-JP) solicitó desacumular el PL 2339/2021, el mismo que servía de base para el documento, por lo que decidió que vuelva a comisión para un nuevo análisis.

DICTÁMEN NEGATIVO

En la presente sesión ordinaria se aprobó, además, un dictamen con texto no aprobatorio, y se pasó a cuarto intermedio otro predictamen.

El primero, es el dictamen que establece la ley que dispone el ingreso libre a universidades, institutos y escuelas tecnológicas y pedagógicas públicas de forma gradual y equitativa a nivel nacional; la gratuidad del examen de admisión e ingreso libre a las universidades, institutos, escuelas de las fuerzas armadas, policial nacional y toda institución de educación superior pública, y establece de necesidad pública e interés nacional el ingreso libre a las universidades públicas, respectivamente.

Se sustenta en los proyectos de ley 2558/2021-PE y 2869/2022 y se recomienda su no aprobación.

El congresista Flavio Cruz Mamani (PL) propuso una cuestión previa para que el dispositivo vuelva a la secretaría técnica. Se rechazó con el voto dirimente de la titular de la comisión. Obtuvo seis votos a favor y seis en contra.

Finalmente, el dictamen fue aprobado por mayoría: seis votos a favor, cinco en contra y cero abstenciones. Al iniciarse el debate, el congresista Jorge Marticorena Mendoza (PB) solicitó que se desacumule su proyecto, el PL 4329/2022l, lo cual fue aceptado.

Como último punto de agenda, a pedido del congresista Flavio Cruz Mamani (PL) el predictamen recaído en los proyectos de ley 305/2021, 1349/2021, 3526/2022 y 3617/2022, que propone la ley que declara de necesidad pública e interés nacional la enseñanza progresiva de lenguas originarias en la educación básica regular, pasó a un cuarto intermedio.

SUSTENTACIÓN

En otro momento, el congresista Alejandro Muñante Barrios (RP) sustentó el proyecto de ley 4635/2022, de su autoría, en virtud del cual se propone la ley que incorpora la vigésimo quinta disposición complementaria, transitoria y final de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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